Tablas salariales - Administrador de Infraestructuras Ferroviarias y Administrador de Infraestructuras Ferroviarias de Alta Velocidad (ADIF AV), Normativa Estatal
Inicio de Vigencia | 1 de Enero de 2018 |
Fin de Vigencia | 31 de Diciembre de 2018 |
Publicado en | Boletín Oficial del Estado nº 76 de 28/03/2018 |
Visto el texto del acuerdo de prórroga y revisión salarial del I Convenio colectivo de los trabajadores de ADIF y ADIF Alta Velocidad (código de convenio 90100323012016), que fue suscrito con fecha 14 de febrero de 2018, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra por las organizaciones sindicales CC. OO., UGT, CGT y SCF en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre –BOE del 24-, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 16 de marzo de 2018.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
ACUERDO DE PRÓRROGA Y REVISIÓN SALARIAL DEL CONVENIO COLECTIVO DE LOS TRABAJADORES DE ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS Y ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS DE ALTA VELOCIDAD
TEXTO DEL ACUERDO
Incremento económico año 2018.
La Comisión Paritaria se reunirá en el primer cuatrimestre de 2018 para realizar a la Comisión Negociadora la correspondiente propuesta de distribución del incremento salarial, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 4.ª del Convenio.
Mesa de Ordenación Profesional.
Ambas partes acuerdan dar prioridad a los trabajos de la Mesa de Ordenación Profesional, por lo que se continuarán y acelerarán los trabajos de la misma al efecto de concluir una propuesta en el primer semestre de 2018, contemplando la necesidad de acuerdo en todos los aspectos relativos a la misma.
OEP 2017 y sucesivas.
En el primer semestre de 2018 se resolverá la convocatoria de la OEP 2017.
Las partes coinciden en la necesidad de realizar planteamientos ante los órganos competentes que respondan a una planificación a medio plazo en materia de oferta de empleo público, que permita a la entidad hacer frente al problema del envejecimiento de la plantilla y a la previsible pérdida de efectivos en los próximos años.
En este sentido, la entidad planteará a los órganos competentes una oferta de empleo público para el año 2018 que contemple plazas adicionales al 100% de la tasa de reposición de efectivos. Las solicitudes de Oferta de empleo de los años siguientes responderán igualmente a este planteamiento.
Otras materias.
Durante el período de prórroga del Convenio Colectivo culminará el desarrollo de las mesas que actualmente están avanzando conforme al primer Convenio Colectivo de ADIF y ADIF A.V.
Vigencia de la Prórroga del Convenio.
Esta prórroga del I Convenio Colectivo de Adif y Adif Alta velocidad iniciará su vigencia el próximo día 1 de enero de 2018 y finalizará el 31 de diciembre de 2018.
TABLAS SALARIALES
I Convenio Colectivo ADIF y ADIF Alta Velocidad
Niveles salariales del 3 al 9, Mandos Intermedios y Cuadros y Estructura de Apoyo
Índice de tablas salariales
Clave | Denominación | Valor |
002 | Sueldo. | Tabla 01 |
003 | Antigüedad. | Tabla 01 |
009 | Paga extraordinaria. | Tabla 01 |
020 | Horas a prorrata. | (*) Ver anotación |
Horas extraordinarias. | (*) Ver anotación | |
032 | Gratificación por título. | Tabla 03 |
034 | Gratificación por mando o función. | Tabla 03 |
035 | Gratificación por taquigrafía. | Tabla 03 |
036 | Brigada de socorro. | Tabla 04 |
039 | Brigada de incidencias. | Tabla 11 |
050 | Indemnización por vivienda. | Tabla 04 |
052 | Gastos por desplazamiento. | |
– Banda de mantenimiento en fines de semana y/o días festivos. | Poblaciones ‹ 700.000 habitantes 6,587670 euros/jornada Poblaciones › 700.000 habitantes 8,225933 euros/jornada | |
053 | Gastos por desplazamiento. | |
– Brigadas de socorro e incidencias y de los equipos de asistencia técnica en línea del material autopropulsado. | Poblaciones ‹ 700.000 habitantes 6,923162 euros/salida Poblaciones › 700.000 habitantes 8,653951 euros/salida | |
110 | Descansos no disfrutados. | Tabla 02 |
113 | Gratificación de formación. | |
– Personal docente de la Dirección de Formación y Selección. | 432,64 euros/mes | |
– Profesor de clases prácticas afecto a la Dirección de Formación y Selección (*). | 1,275565 €/hora de clase impartida (*) Máximo de percepción: 171,90 €/mes | |
– Personal colaborador en actividades docentes (**). | 4,742096 €/hora de clase impartida dentro de jornada 8,253653 €/hora de clase impartida fuera de jornada (**) Máximo de percepción: 346,11 €/mes | |
115 | Compensación fiestas suprimidas. | Tabla 04 |
147 | Bolsa de vacaciones. | Tabla 05 |
148 | Retraso en el disfrute de las vacaciones. | Tabla 04 |
153 | Compensación descanso diario bocadillo trabajado. | Tabla 06 |
154 | Ayuda por hijos disminuidos psíquicos. | 65,78 euros/mes |
155 | Compensación energía eléctrica vivienda gratuita. | 110 kW/hora: 11,54 euros/mes |
– Cupo mensual. | 100 kW/hora: 10,49 euros/mes | |
90 kW/hora: 9,45 euros/mes | ||
80 kW/hora: 8,39 euros/mes | ||
70 kW/hora: 7,34 euros/mes | ||
60 kW/hora: 6,29 euros/mes | ||
163 | Premio de permanencia. | Tabla 07 |
170 | Compensación mayor dedicación (personal conducción). | (*) Ver anotación |
171 | Compensación merma descanso (personal conducción). | (*) Ver anotación |
220 | Plus de nocturnidad. | Tabla 09 |
230 | Complemento personal de antigüedad (más de 20 años mismo nivel salarial). | Tabla 10 |
242 | Plus de penosidad. | Tabla 11 |
243 | Plus de peligrosidad. | Tabla 11 |
244 | Plus de toxicidad. | Tabla 11 |
245 | Plus de maniobras. | 3,448540 euros/día |
247 | Plus de movimiento y estaciones. | Tabla 11 |
249 | Plus de instalaciones fijas y comunicaciones. | Tabla 11 |
250 | Plus Almacén Central de Villaverde Bajo. | Tabla 11 |
295 | Complemento por atención a incidencias-(MM.II. de Mant. Infra.). | 122,40 euros/mes |
296 | Complemento de actividad-(MM.II. de Estaciones). | 94,46 euros/mes |
297 | Complemento de actividad-(MM.II. de Circulación). | 229,50 euros/mes |
298 | Bolsa de vacaciones para Mando Intermedio y Cuadro. | Tabla 20 |
299 | Retraso disfrute de vacaciones para Mando Intermedio y Cuadro. | 15,392672 euros/día |
300 | Complemento de puesto por compensación de refrigerio (Marco Regulador Mando Intermedio y Cuadro). | 1,581528 euros/día |
302 | Complemento de puesto por brigada de socorro (Marco Regulador Mando Intermedio y Cuadro). | 5,134138 euros/día |
303 | Complemento de puesto por toma y deje (Marco Regulador Mando Intermedio y Cuadro). | (*) Ver anotación |
304 | Complemento de puesto por jornada partida (Marco Regulador Mando Intermedio y Cuadro). | 7,279733 euros/día |
305 | Complemento de puesto por nocturnidad (Marco Regulador Mando Intermedio y Cuadro). | Hora nocturna: 1,455977 euros |
313 | Complemento personal por clasificación grupo Prevención y Seguridad con el mismo nivel salarial. | Cargo 005: 77,78 euros/mes Cargo 006: 57,85 euros/mes Cargo 007: 52,46 euros/mes |
315 | Complemento de puesto personal de Infraestructura en funciones de encargado de trabajos. | 13,84 euros/jornada de trabajo efectiva |
316 | Complemento de puesto-Banda de Mantenimiento-adecuación de la jornada laboral para trabajos en fines de semana y/o días festivos. | |
– Para el personal operativo de Mantenimiento de Infraestructura de los niveles salariales 3 al 6 afectado. | 115,37 euros/jornada laboral efectiva | |
– Para el personal operativo de Telemandos y de Centros de Atención Permanente. | 23,08 euros/totalidad de jornada laboral efectiva | |
317 | Complemento de puesto-Acuerdo Banda de Mantenimiento-adecuación de la jornada laboral. | 7,791143 euros/día |
322 | Horas de toma y deje, viajes s.s. y esperas. | (*) Ver anotación |
324 | Complemento por incidencia S.I.C. en descanso. | 103,84 euros/día |
325 | Complemento de puesto S.I.C. | 265,35 euros/mes |
326 | Complemento por puesta a disposición del medio propio S.I.C. | 149,97 euros/mes |
327 | Complemento por salida S.I.C. fuera de la jornada grafiada. | 17,31 euros/salida |
328 | Complemento de puesto-Equipo Móvil de circulación no desplazado. | 69,22 euros/mes |
329 | Complemento de puesto-Equipo Móvil de circulación desplazado. | 761,43 euros/mes |
332 | Complemento de puesto Auxiliar de Depósito (trabajadores que ostentaban la categoría con anterioridad al 19/06/03). | 1036,11 euros/mes |
333 | Gratificación por idiomas. | Tabla 03 |
334 | Gratificación por prestación G. de Informática. | Tabla 08 |
335 | Complemento por conducción restringida. | 115,37 euros/mes |
338 | Compensación por plena disposición. | N. salarial 8: 42,46 euros/mes N. salarial 9: 48,57 euros/mes |
342 | Gratificación por conducción para el personal de Instalaciones Fijas (artículo 142 X Convenio Colectivo). | 9,425758 euros/día |
343 | Gratificación a Secretario/a de Alta Dirección. | |
– Nivel 1. | 303,54 euros/mes | |
– Nivel 2. | 273,69 euros/mes | |
– Nivel 3. | 245,01 euros/mes | |
– Nivel 4. | 216,89 euros/mes | |
– Nivel 5. | 160,46 euros/mes | |
345 | Gratificación por complemento de puesto, personal de conducción. | Aytes. de Maquinista: 173,53 euros/mes Maquinistas: 216,92 euros/mes |
346 | Gratificación especial turno noche. | Material Motor 86,86 euros/mes |
347 | Gratificación por conducción de vehículos, personal obras e instalaciones (art. 149 X Convenio Colectivo). | 34,80 euros/mes |
348 | Gratificación |
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