Revisión salarial - Comercio Minoristas de Droguerías, Herboristerías, Ortopedias y Perfumerías, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2009
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2009
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 267 de 05/11/2009

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo interprovincial de las empresas minoritarias de Droguerías, Herboristerías, Ortopedias y Perfumerías publicado en el BOE de 21.02.2008 (Código de Convenio nº 9903685), que fue suscrito con fecha 11 de septiembre de 2009 de una parte por la Federación Nacional de Perfumistas y Drogueros de España (FENPYDE), la Federación Española de Asociaciones de Herbodietética (FENADIHER) y la Federación Española de Ortesistas Protesistas (FEDOP) en representación de las empresas del sector y de otra por las organizaciones sindicales de UGT y CCOO en representación de los trabajadores del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero. Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 22 de octubre de 2009.-El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

ACTA DE LA COMISIÓN MIXTA DEL CONVENIO COLECTIVO INTERPROVINCIAL DE LAS EMPRESAS MINORISTAS DE DROGUERÍAS, HERBORISTERÍAS, ORTOPEDIAS

Y PERFUMERÍAS

Por la parte empresarial:

Federación Nacional de Perfumistas y Drogueros de España (FENPYDE). Federación Española de Asociaciones de Herbodietetica (FENADIHER). Federación Española de Ortesistas Protesistas (FEDOP).

Por la parte social:

Unión General de Trabajadores (UGT). Comisiones Obreras (CCOO).

En Madrid, a 11 de Septiembre de 2009, siendo las 13 horas, reunidos en la calle Orense 68- 5ª planta de Madrid previa convocatoria formal de sus miembros, de una parte y de la otra, las personas relacionadas al margen en su calidad de representantes de las organizaciones firmantes en la Comisión Mixta del Convenio Colectivo Interprovincial de las empresas minoristas de Droguerías, Herboristerías, Ortopedias y Perfumerías y en desarrollo de lo previsto en el artículo 9 del mismo han alcanzado los siguientes

ACUERDOS

Primero.-Determinación del incremento salarial para 2009 y revisión salarial en su caso.

En virtud de lo dispuesto en el acta de Acuerdo de fecha 3 de septiembre de 2009 alcanzada...

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