Revisión salarial - Fábrica Nacional de Moneda y Timbre - Real Casa de la Moneda, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia19 de Diciembre de 2009
Fin de Vigencia19 de Diciembre de 2009
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 305 de 19/12/2009

Visto el texto de las actas donde se aprueban las modificaciones de nivel salarial y definiciones de varias categorías profesionales, así como la creación de otras nuevas, correspondientes al arbitraje de la valoración del segundo semestre de 2004 de la empresa Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (código de Convenio número 9002052) actas suscritas el 23 y 27 de julio de 2009 por la Comisión Mixta de Valoración de la que forman parte representantes de la Dirección de la empresa y el Comité de empresa en representación de la entidad y de los trabajadores de la misma al que se acompaña informe favorable emitido por los Ministerios de Economía y Hacienda y Ministerio de la Presidencia (Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones), en cumplimiento a lo previsto en la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2009, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de los citados Acuerdos en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora, con la advertencia a la misma del obligado cumplimiento de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2009 en la ejecución de dicho Convenio Colectivo.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 2 de diciembre de 2009.-El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

ACTA FINAL

Representantes de la Dirección:

Don Fernando Lobo de Dios.

Doña Marta Bedoya Castro (asesor).

Representantes de los trabajadores:

Don Antonio Santiago Morales.

Don Juan Manuel Cámara Díaz (asesor).

En Madrid, a 23 de julio de 2009, se reúnen los miembros de la Comisión Mixta de Valoración citados al margen, elaborando este acta final, donde se recogen los resultados de valoración de los puestos de trabajo correspondientes al primer semestre de 2004 que fueron sometidos a arbitraje de la Inspección Provincial de Trabajo.

Puestos valorados o revisados a petición de los departamentos:

Puestos de nueva creación:

Personal Técnico.-Técnico del Centro de Atención a Usuarios. Sistemas de Información: 9.

Personal Operario.-Operario de la Instalación de Sustancias Especiales. Fábrica de Papel: 8.

Puestos que suben de nivel:

Personal Técnico.-Técnico de la Oficina Técnica de Producto. Fábrica de Papel: 11. Personal Operario.-Oficial 1ª Pasado y Montaje. Preimpresión: 10.

Puestos que no suben de nivel:

Personal Operario.-Revisor de Producción-Control de Cambios y Devoluciones. Timbre: 7.

Puestos revisados por reclamación de sus ocupantes:

Puestos de nueva creación:

Personal Administrativo.-Administrativo de Administración de Personal. Recursos Humanos: 10.

Personal Operario.-Supervisor de Control de Producto en Curso. Documentos de Valor: 10.

Puestos que suben de nivel:

Personal Operario.-Oficial 1.ª Calefactor Frigorista. Mantenimiento: 10.

Puestos que no suben de nivel:

Personal Administrativo.-Administrativo-Recepcionista. Fábrica de Papel: 7. Personal Operario.-Oficial 1.ª Polivalente-Instalador. Mantenimiento: 10.

Puestos que se valorarán por existir cambio de funciones:

Revisor de Producción-Máquina de Revisar Tarjetas. Imprenta. Gestor de Almacén. Mantenimiento.

Conductor de Máquina Transportadora-Elevadora. Moneda.

Puestos que no se valorarán por no existir cambio de funciones:

Jefe de Almacén y Expediciones (Fielato). Compras.

Jefe de Almacén y Expediciones (Almacén de Remesas). Compras.

Jefe de Almacén y Expediciones (Almacén de Producto Terminado). Compras. Jefe de Almacén y Expediciones (Almacén y Logística Euro). Compras.

Jefe de Almacén y Expediciones. Mantenimiento.

Jefe de Almacén y Expediciones. Moneda.

Categorías de nueva creación:

Técnico del Centro de Atención a Usuarios. Operario de la Instalación de Sustancias Especiales. Administrativo de Administración de Personal. Supervisor de Control de Producto en Curso.

Relación de personas y fecha de efectos:

Se hace pública internamente en los centros de trabajo de la F.N.M.T.-R.C.M., la relación del personal afectado por la presente revisión y las fechas de aplicación.

Todas las valoraciones serán aplicadas una vez se obtenga la autorización ministerial preceptiva y se publique en el Boletín Oficial del Estado como parte integrante del Convenio colectivo y con efectos de las fechas de aplicación antes citadas.

Técnico del Centro de Atención a Usuarios

Es el técnico que, con conocimientos suficientes de su profesión y bajo la supervisión de su jefe inmediato o un técnico de categoría superior, se ocupa de la instalación y configuración de equipos informáticos, periféricos y otros dispositivos físicos y de la instalación y configuración de sistemas operativos y aplicaciones comerciales. Se encarga de la resolución de incidencias y averías a los usuarios de equipos informáticos, así como de la realización de trabajos elementales propios de su área. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Instalación, montaje, configuración y conexión de equipos informáticos, periféricos y otros dispositivos físicos para su correcto funcionamiento, de acuerdo con las necesidades de los usuarios.

Instalación y configuración de sistemas operativos y de las diferentes aplicaciones comerciales que precisen los usuarios de la F.N.M.T.-R.C.M.

Comprobación de dispositivos de red. Instalación y configuración de los programas necesarios para la integración de los equipos en las diferentes redes de la F.N.M.T.-R.C.M., habilitando y deshabilitando los servicios de red que se precisen.

Resolución de averías e incidencias que se produzcan a los usuarios en la utilización de los equipos, colaborando con los servicios técnicos de los diferentes fabricantes en caso necesario. Realización de tareas de mantenimiento y actualización de software y sistemas operativos. Gestión de cuentas de usuario y resolución de dudas a los mismos.

Realización de tareas elementales dentro de su área, como archivo de manuales y documentación de programas y equipos, búsqueda y descarga de controladores y actualizaciones, traslados de equipos, volcados de datos, confección de documentación e informes que se le soliciten relativos a su trabajo, etcétera.

Operario de Instalación de Sustancias Especiales

Es el operario que, con total conocimiento de su profesión y bajo la supervisión de su inmediato superior, tiene como misión la vigilancia, manejo y control de la instalación de sustancias especiales, para obtener mediante procesos físico-químicos la sustancia de seguridad requerida, siendo responsable de la correcta calidad y producción. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Preparación, pesaje y colocación de la materia prima en los moldes refractarios siguiendo las instrucciones recibidas. Puesta en marcha y vigilancia del horno, seleccionando el programa adecuado. Vaciado del horno una vez finalizado el programa y pesado de la sustancia para comprobar su merma, realizando las anotaciones correspondientes.

Puesta en marcha, vigilancia y control de la instalación de lavado y molienda, dejando decantar la sustancia finalizado el tiempo de lavado, trasvasando la misma sustancia al atomizador o al horno para proceder a su secado, eligiendo el grado de humedad y el tiempo según las especificaciones establecidas.

Puesta en marcha, vigilancia y control de la instalación de...

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