Revisión salarial - Anenca Logística y Transportes SL, Región de Murcia

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2019
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2019
Publicado enBoletín Oficial de la Región de Murcia nº 61 de 14/03/2019

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente

1479 Resolución de la Dirección General de Relaciones Laborales y Economía Social, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación, del acuerdo de revisión de tablas salariales 2019 para el convenio colectivo de la empresa Anenca Logística y Transportes S.L.

Visto el expediente de revisión salarial y de conformidad con lo establecido en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Resuelvo:

Primero.- Ordenar la inscripción en el correspondiente registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, de tabla salarial con número de expediente 30/01/0017/2019; para el convenio colectivo de la empresa Anenca Logística y Transportes S.L.; código de convenio n.º 30103852012018; ámbito empresa; suscrito con fecha 12 de febrero de 2019 por la comisión negociadora.

Segundo.- Notificar la presente resolución a la comisión negociadora del acuerdo.

Tercero.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Murcia, 28 de febrero de 2019.—La Directora General de Relaciones Laborales y Economía Social. Por Delegación de Firma, la Subdirectora General de Trabajo (Resolución de 30/04/2018), Caridad de la Hera Orts.

Acuerdo de revisión de tablas salariales 2019 para el Convenio Colectivo de la empresa Anenca Logística y Transportes S.L.

Reunidos:

De una parte: La empresa “Anenca Logística y Transportes S.L.”, con CIF: B-30902324, en adelante la Compañía o la Dirección, representada por don Enrique Cano Rodríguez en su condición de Administrador de la Compañía, (En adelante la RD).

De otra parte: La Representación Unitaria de los trabajadores, representada por el Delegado de personal de la Compañía, don Juan Diego Cánovas Acosta, (En adelante la RT)

Ambas partes, reconociéndose legitimación y capacidad suficiente, en la representación que ostentan, han alcanzado el siguiente acuerdo:

Unico.- Revisión tablas salariales 2019

De acuerdo con las facultades atribuidas a esta Comisión Negociadora por el artículo 9 en relación con el artículo 41.3 del Convenio Colectivo de la empresa “Anenca Logística y Transportes...

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