Convenio colectivo - Colegio Oficial de Farmacéuticos, Región de Murcia

Inicio de Vigencia 5 de Febrero de 2010
Fin de Vigencia 5 de Febrero de 2010
Publicado enBoletín Oficial de la Región de Murcia nº 29 de 05/02/2010

Visto el expediente de Modificación de Convenio Colectivo de Trabajo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE n.º 75, de 28.03.1995) y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo (BOE n.º 135, de 06.06.1981).

Resuelvo:

Primero.- Ordenar la inscripción en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, de la Modificación del Convenio Colectivo de Trabajo de Colegio Oficial de Farmacéuticos de Murcia (Código de Convenio número 3000242) de ámbito Empresa, suscrito con fecha 24-11-2009 por la Comisión Negociadora del mismo, con notificación a la misma.

Segundo.- Disponer su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».

Murcia a 12 de enero de 2010.—El Director General de Trabajo. Por Delegación de firma, el Subdirector General de Trabajo (Resolución de 01.10.2007), Pedro Juan González Serna.

En la ciudad de Murcia, siendo las 12 horas del día 24 de noviembre de dos mil nueve y en los locales del Colegio Oficial de Farmacéuticos de la Región de Murcia, se reúnen los siguientes Señores: D. José Carlos Moreno Bravo y D. Juan Desmonts Gutiérrez, quién intervienen en nombre y representación de la empresa “Colegio Oficial de Farmacéuticos de la Región de Murcia” y de otra, el Delegado de Personal, D. José Párraga Asensio, quién interviene en nombre y representación de los trabajadores de la Empresa, con el objeto de efectuar las modificaciones de los artículos y apartados que a continuación se detallan, del vigente Convenio Colectivo de Trabajo del Colegio Oficial de Farmacéuticos de la Región de Murcia:

Por parte de la Empresa la modificación que se propone es en base a los acuerdos de Junta de Gobierno tomados el 10 de septiembre de 2009.

Entienden ambas partes la necesidad de crear varios departamentos o áreas para el mejor desarrollo de la gestión profesional y técnica de este Colegio. A tal fin se propone y decide cambiar el grupo Profesional 7 del Artículo 6 del Convenio actual, que se denominaba anteriormente personal del CIM y pasaría a denominarse ahora Personal del Área de Formación e Información del Medicamento. Por lo que quedaría de la siguiente manera:

En el Capítulo III- Del Personal

Artículo 6 Grupos Profesionales: Se...

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