Acuerdo - Sasegur SL, Galicia

Inicio de Vigencia 5 de Julio de 2019
Fin de Vigencia 5 de Julio de 2019
Publicado enDiario Oficial de Galicia nº 127 de 05/07/2019

Visto el acordo de la empresa Sasegur, S.L., suscrito en la reunión celebrada el 25.4.2019, entre la representación empresarial y las organizaciones sindicales CIG, UGT, USO y Alternativa Sindical, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores y en el Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

La Secretaría General de Empleo

resuelve:

Primero. Ordenar su registro y depósito en el Registro de Convenios y Acueordos Colectivos de Trabajo de la Comunidade Autónoma de Galicia (REGCON), creado mediante la Orden de 29 de octubre de 2010.

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 10 de junio de 2019

Covadonga Toca CarúsSecretaria general de Empleo

Acta de acuerdo en la empresa Sasegur, S.L.

En Santiago de Compostela, a las 13.00 horas del día 25 de abril de 2019, en la sede del Consejo Gallego de Relaciones Laborales, se reúnen las representaciones siguientes, asistiendo a la junta:

– Representación de la empresa Sasegur, S.L.:

Gonzalo Núñez Sarompas.

– Representación sindical:

José Manuel Brocos Baluja (CIG).

José Antonio Antas Noche (CIG).

Héctor López de Castro Ruiz (asesor CIG).

Jesús Mª Álvarez Fernández (asesor UGT).

Mª Teresa Santas Carral (asesora UGT).

Susana Blanco Lavandeira (UGT).

Marcelo Calvo Lamas (USO).

Gemma Núñez Míguez (USO).

Javier Souto Diéguez (asesor USO).

Francisco Javier Gómez Barreiro (asesor USO).

Juan Carlos García Blanco (Alternativa Sindical).

Con la mediación del Consejo Gallego de Relaciones Laborales, representado por Verónica Martínez Barbero, presidenta del mismo, y con la presencia de Tania París Rodríguez, las partes reflejadas alcanzan el siguiente acuerdo para el reconocimiento de determinadas mejoras al personal concreto indicado en las condiciones laborales:

  1. Ámbito de aplicación.

    El presente acuerdo será de aplicación exclusivamente a las personas trabajadoras de Sasegur, S.L. que presten servicios en centros o instalaciones cuya titularidad corresponda a la Xunta de Galicia o a entidades u organismos dependientes de la misma, a los que se hayan venido aplicando las condiciones del convenio colectivo de Ilunión Seguridad, S.A. con carácter previo a su subrogación por Sasegur, S.L.

  2. Normativa aplicable a los derechos reconocidos en el acuerdo.

      ...

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