Tablas salariales - Actividades Diversas, Comunidad Valenciana

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2020
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2020
Publicado enDiario Oficial de la Comunidad Valenciana nº 8816 de 20/05/2020

Vista el acta de Acuerdo sobre revisión salarial, de fecha 4 de febrero de 2020, de la comisión paritaria del Convenio colectivo de trabajo para la Comunitat Valenciana del sector de actividades diversas, suscrito por la comisión paritaria, que está integrada, de una parte, por representantes de la organización empresarial Unión Gremial, y de otra por CCOO-PV y UGT-PV, como miembros de la representación de los trabajadores y trabajadoras, y de conformidad con lo que dispone el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; enrelación con el artículo 2 del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y el artículo 3 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, por la que se crea el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Subdirección General de Relaciones Laborales, de acuerdo con las competencias transferidas según el Real decreto 4105/82, de 29 de diciembre, resuelve:

Primero

Ordenar su inscripción en el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con notificación a la Comisión Negociadora, y depósito del texto del acuerdo.

Segundo

Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Valencia, 23 de marzo de 2020.- El subdirector general de Relaciones Laborales: Rogelio A. Navarro Domenichelli.

Acta de la comisión negociadora del Convenio colectivo de trabajo para la Comunitat Valenciana del sector de actividades diversas.

En Valencia, siendo las 12:30 horas del 4 de febrero de 2020, en la sede de la Unión Gremial, la mesa negociadora del Convenio del comercio de actividades diversas para la Comunitat Valenciana; de una parte los miembros en representación de la asociación empresarial legitimada en este ámbito, y, de otra, los miembros de la parte social designados por los sindicatos más representativos, al objeto de tratar sobre el siguiente orden del día;

  1. Cumplir con lo estipulado en el artículo 25 del presente convenio colectivo.

    Dado el texto del art. 25 del convenio colectivo de Actividades Diversas de la Comunitat Valenciana, ya que no ha existido revisión salarial al año 2019, se procede...

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