Sentencia - Repsol Exploración SA, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia30 de Enero de 2020
Fin de Vigencia30 de Enero de 2020
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 26 de 30/01/2020

Visto el fallo de la Sentencia, de fecha 30 de diciembre de 2019, dictada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional en el procedimiento n.º 231/2019, seguido por la demanda del Sindicato de Trabajadores (STR) contra Repsol Exploración, S.A., FITAG-UGT, Coalición de Sindicatos, FITEQA-CC.OO, siendo parte el Ministerio Fiscal, sobre impugnación de Convenio Colectivo,

Y teniendo en consideración los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.

En el «Boletín Oficial del Estado» de 17 de noviembre de 2018 se publicó la resolución de la Dirección General de Trabajo, de 31 de octubre de 2018, en la que se ordenaba inscribir en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de ese Centro Directivo y publicar en el «Boletín Oficial del Estado» el Convenio colectivo de la empresa Repsol Exploración, S.A. (código de convenio número: 90103192012018).

Segundo.

El 13 de enero de 2020 tuvo entrada en el registro general del Departamento la sentencia antecitada de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en cuyo fallo se anula el inciso «en alta en la empresa a 31/12/97» contenido en el primer párrafo de la disposición transitoria primera del Convenio Colectivo de la empresa Repsol Exploración, S.A. publicado en el BOE de 17 de noviembre de 2018.

Fundamentos de Derecho

Primero.

De conformidad con lo establecido en el artículo 166.3 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, cuando la sentencia sea anulatoria, en todo o en parte, del Convenio colectivo impugnado y éste hubiera sido publicado, también se publicará en el Boletín Oficial en que aquél se hubiere insertado.

En consecuencia, esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de dicha Sentencia de la Audiencia Nacional dictada el día 30 de diciembre de 2019, recaída en el procedimiento n.º 231/2019 y relativa al Convenio colectivo de la empresa Repsol Exploración, S.A., en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 17 de enero de 2020.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.

AUDIENCIA NACIONAL. Sala de lo Social

Letrada de la Administración de Justicia D.ª Marta Jaureguizar Serrano.

Sentencia n.º: 148/2019

Fecha de Juicio: 17/12/2019.

Fecha Sentencia:30/12/2019.

Fecha Auto Aclaración:

Tipo y núm. Procedimiento: Impugnación de convenios 0000231/2019.

Ponente: D.ª M.ª Carolina San Martín Mazzucconi.

Demandante/s: Sindicato de Trabajadores (STR)

Demandado/s: Repsol Exploración SA, FITAG-UGT, Coalición de Sindicatos, FITEQA-CCOO de Madrid, Ministerio Fiscal.

Resolución de la Sentencia: Estimatoria parcial.

Breve Resumen de la Sentencia: En demanda de impugnación de convenio colectivo por contener una doble escala salarial al establecer una prima de antigüedad en función de la fecha de contratación, se desestiman las excepciones de falta de agotamiento de vía previa (pues no cabe esgrimirla por quien sí fue convocado a mediación previa), y de incompetencia de jurisdicción (pues no se trata de un conflicto de intereses). Se estima parcialmente la demanda, declarando la nulidad de la doble escala, sin pronunciarnos sobre la extensión de la disposición convencional a toda la plantilla por exceder del cauce procesal utilizado.

AUD. NACIONAL SALA DE LO SOCIAL

Goya 14 (Madrid).

Tfno: 914007258 Correo electrónico:

Equipo/usuario: BLM.

NIG: 28079 24 4 2019 0000245.

Modelo: ANS105 Sentencia.

IMC impugnación de Convenios 0000231/2019.

Procedimiento de origen:

Sobre: Impug. Convenios.

Ponente Ilma. Sra: D.ª M.ª Carolina San Martín Mazzucconi.

Sentencia 148/2019

Ilmo/A. Sr./Sra. Presidente: D.ª Emilia Ruiz-Jarabo Quemada.

Ilmos/as. Sres./Sras. Magistrados/as: D. Ramón Gallo Llanos.

D.ª M.ª Carolina San Martín Mazzucconi.

En Madrid, a treinta de diciembre de dos mil diecinueve.

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional compuesta por los Sres./as. Magistrados/as citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

Han dictado la siguiente

SENTENCIA

En el procedimiento impugnación de convenios 0000231 /2019 seguido por demanda de Sindicato de Trabajadores (STR) (letrado D. Miguel Ángel Torresano) contra Repsol Exploración, S.A. (letrado D. Carlos del Peso), FITAG-UGT (no comparece), Coalición de Sindicatos (no comparece), FITEQA-CCOO de Madrid (no comparece), siendo parte el Ministerio Fiscal, sobre impug. convenios. Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dña. M.ª Carolina San Martín Mazzucconi.

Antecedentes de hecho

Primero.

Según consta en autos, el 16/10/19 el representante del Sindicato de Trabajadores (STR) presentó demanda de impug. convenios contra Repsol Exploración SA, FITAG-UGT, Coalición de Sindicatos, FITEQA-CCOO de Madrid. Con citación del Ministerio Fiscal.

Segundo.

La Sala acordó el registro de la demanda y designó ponente, con cuyo resultado se señaló día para los actos de intento de conciliación y, en su caso, juicio, al tiempo que se accedía a lo solicitado en los otrosí de prueba.

Tercero.

El día 17/12/19 tuvo lugar la celebración del acto del juicio, previo intento fallido de avenencia, y en el que se practicaron las pruebas con el resultado que aparece recogido en el acta levantada al efecto.

No comparecieron, habiendo sido citados en legal forma, FITAG-UGT, Coalición de Sindicatos, ni FITEQA-CCOO de Madrid.

Cuarto.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 97.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, debe destacarse que las partes debatieron sobre los extremos siguientes:

STR se ratificó en el contenido de su demanda, en cuyo suplico solicita que «se declare nula la doble escala salarial y se reconozca la aplicación de la disposición transitoria primera a todo el personal contratado por Repsol Exploración SA con independencia de la fecha de incorporación a la empresa». Indicó que la regulación de la citada disposición introduce una diferencia retributiva en función de la fecha de ingreso en la empresa, diferencia que se continúa devengando sin justificación para ello.

Repsol Exploración S.A. se opuso a la demanda, alegando la excepción de falta de agotamiento de vía previa, pues no se intentó la mediación previa frente a los restantes demandados –siendo este intento preceptivo en aplicación del art. 60 del convenio impugnado–.

La empresa se mostró conforme con el hecho primero de la demanda. Expuso que STR es firmante del convenio que impugna, siéndole de aplicación la doctrina de los actos propios. Argumentó que la disposición transitoria controvertida obedece a la reforma operada por la Ley 11/1994, en cuya virtud el complemento de antigüedad pasó a ser...

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