Convenio colectivo - Hostelería, Segovia
Inicio de Vigencia | 1 de Enero de 2009 |
Fin de Vigencia | 31 de Diciembre de 2011 |
Publicado en | Boletín Oficial de Segovia nº 84 de 14/07/2010 |
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SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN
SEGOVIA
AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS Y DERECHOS
CIUDADANOS
EDICTO
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-
vo Común, se hace pública la resolución dictada por la Subdele-
gada del Gobierno en Segovia en el expediente que se indica, ya
que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio
conocido de la interesada, ésta no ha podido ser practicada.
Contra esta resolución, podrá interponerse recurso potestati-
vo de reposición ante el Subdelegado del Gobierno en Segovia
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notifi-
cación o recurso Contencioso-administrativo ante el juzgado de
lo Contencioso-Administrativo de Segovia, en el plazo de dos
meses, a contar desde el día siguiente a la notificación, de con-
AÑO 2010.— NUMERO 84
formidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre y en el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicho orden jurisdiccio-
nal.
En el caso de que no se interponga recurso de reposición, el
pago de la multa en período voluntario, deberá realizarse en los
siguientes plazos:
-Si la presente resolución se notifica entre los días 1 y 15 de
cada mes, el plazo de pago será desde la fecha de recepción de la
notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera
hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
-Si la presente resolución se notifica entre los días 16 y últi-
mo de cada mes, el plazo de pago será desde la fecha de recep-
ción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior
o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
El pago podrá efectuarse en cualquier entidad bancaria cola-
boradora de recaudación, presentando el correspondiente docu-
mento de ingreso, modelo 069, que tiene a su disposición en el
Negociado de Derechos Ciudadanos de la Subdelegación del
Gobierno en Segovia (Plaza del Seminario nº 1, planta baja).
Como fecha de notificación se tomará la de publicación del
edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia.
MIERCOLES, 14 DE JULIO
EXPTE. INTERESADO DOMICILIO INFRACCIÓN SANCIÓN FECHA
SG-1056/2010 TRESTULIRESTAURACIÓN C/ RÍO TAJO, BUZÓN,912, S/N Art. 54.1.d) de 6.001,00 9/06/10
S.L. 40424 ESPINAR (EL) la Ley 1/92 euros
(SEGOVIA)
Segovia, a 30 de junio de 2010.— El Secretario General, Francisco Javier Reguera García.
MIERCOLES, 14 DE JULIO DE 2010 B.O.P. DE SEGOVIA Nº 84
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EDICTO
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-
vo Común, se hace pública la resolución dictada por la Subdele-
gada del Gobierno en Segovia en el expediente que se indica, ya
que habiéndose intentado la notificación en el domicilio de la in-
teresada, ésta no ha podido ser practicada.
Contra esta resolución, podrá interponerse recurso potestativo
de reposición ante el Subdelegado del Gobierno en Segovia en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o
recurso Contencioso-Administrativo ante el juzgado de lo Conten-
cioso-Administrativo de Segovia, en el plazo de dos meses, a con-
tar desde el día siguiente a la notificación, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de dicho orden jurisdiccional.
En el caso de que no se interponga recurso de reposición, el
pago de la multa en período voluntario, deberá realizarse en los
siguientes plazos:
-Si la presente resolución se notifica entre los días 1 y 15 de
cada mes, el plazo de pago será desde la fecha de recepción de la
notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera
hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
-Si la presente resolución se notifica entre los días 16 y últi-
mo de cada mes, el plazo de pago será desde la fecha de recep-
ción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior
o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
El pago podrá efectuarse en cualquier entidad bancaria cola-
boradora de recaudación, presentando el correspondiente docu-
mento de ingreso, modelo 069, que tiene a su disposición en el
Negociado de Derechos Ciudadanos de la Subdelegación del
Gobierno en Segovia (Plaza del Seminario nº1, planta baja).
Como fecha de notificación se tomará la de publicación del
edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia.
EXPTE. INTERESADO DOMICILIO INFRACCIÓN SANCIÓN FECHA
SG-943/2010 MULTISERVICIOS C/ MOLINO DEL BOSQUE, 23 Art. 54.1.d) de 7.456,70 euros 04-05-10
ARUWA, S.L. 40400 ESPINAR (EL) la Ley 1/92
(SEGOVIA)
Segovia, a 5 de julio de 2010.-El Secretario General, Francisco Javier Reguera García.
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DIPUTACION DE SEGOVIA
Secretaría General
SERVICIO DE CONTRATACIÓN Y EXPROPIACIONES
ANUNCIO
Por Decreto de la Presidencia de fecha 2 de julio de 2010, se
aprobó el Proyecto de las obras de “Ensanche y mejora de traza-
do de la Ctra. n°9 de El Espinar a la N-603 y acceso a su Esta-
ción. Tramo: cruce de La Estación a la N-603 (Kms. 2,000 al
5,100)”, financiado con cargo Fondo de Cooperación Local,
anualidad de 2010, con un presupuesto de ejecución por contra-
ta de 444.915,25 euros, IVA excluido, más el 18% de IVA,
80.084,75 euros, supone un precio total, IVA incluido, de
525.000,00 euros.
Dicho Proyecto estará expuesto al público, para examen, en
la Secretaría General de la Excma. Diputación Provincial, por
un plazo de veinte días naturales, en horas de oficinas, contados
a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el
Boletín Oficial de la Provincia, para que, en su caso, puedan
formularse reclamaciones por escrito contra el mismo, por los
interesados legítimos, en atención a lo dispuesto en la legisla-
ción vigente.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Segovia, 5 de julio de 2010.— El Presidente, Javier Santa-
maría Herranz. El Secretario General, Luis Peinado de Gracia.
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JUNTA DE CASTILLA Y LEON
Delegación Territorial de Segovia
OFICINA TERRITORIAL DE TRABAJO
Sección: Relaciones Laborales y Recursos
Asunto: Convenio Colectivo
Referencia: MRM/mps
Visto el texto del Convenio Colectivo Provincial de Hostele-
ría, Código de Convenio 4000195, que tuvo entrada en esta Ofici-
na Territorial de Trabajo el día 04.06.2010, y las rectificaciones
de documentación con fecha 15.06.2010 y 23.06.2010; para los
años 2009, 2010 y 2011; suscrito de una parte por la representa-
MIERCOLES, 14 DE JULIO DE 2010
B.O.P. DE SEGOVIA Nº 84 3
ción de la Patronal, y de otra por las Centrales Sindicales U.G.T. y
CCOO. en representación de los trabajadores, el 29 de marzo de
2010, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90.2 del Estatu-
to de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real De-
creto Legislativo 1/95, de 24 de marzo, Real Decreto 1040/81, de
22 de mayo, Ley Orgánica 9/92 de 23 de diciembre y Real Decre-
to 831/95, de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios
de la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y Le-
ón en materia de Trabajo (Ejecución de la Legislación Laboral).
Esta Jefatura de la Oficina Territorial de Trabajo
Acuerda
Primero.-Ordenar su inscripción en el Registro de Conve-
nios, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Proceder a su depósito en el órgano competente.
Tercero.-Disponer su publicación obligatoria y gratuita en el
Boletín Oficial de la Provincia.
Segovia ,24 junio de 2010.— El Jefe de la Oficina Territorial
de Trabajo, Eugenio Hurtado Garrido.
TEXTO DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE
ÁMBITO PROVINCIAL
PARA LAS INDUSTRIAS DE HOSTELERIA
CAPITULO PRIMERO
ÁMBITO DE APLICACIÓN.
Artículo 1.º Ámbito funcional y territorial.- El presente
Convenio afectará a las empresas regidas por el Acuerdo Labo-
ral de Ámbito Estatal para el Sector de Hostelería, ubicadas en
Segovia y Provincia y a cualquier otra que, sin estar regulada
por este acuerdo, como actividad provincial desarrolle activida-
des propias de Hostelería, siendo asignadas al grupo de anexos
del presente convenio que corresponda, así como a los trabaja-
dores/as que presten servicios en las mismas.
Se incluyen en el sector de Hostelería todas las empresas
que, independientemente de su titularidad y fines perseguidos,
realicen en instalaciones fijas o móviles, y tanto de manera per-
manente como ocasional, actividades de alojamiento en hoteles,
hostales, residencias, apartamentos que presten algún servicio
hostelero, balnearios, albergues, pensiones, moteles, alojamien-
tos rurales, «campings» y todos aquellos establecimientos que
presten servicios de hospedaje en general; asimismo, se incluyen
las empresas que presten servicios de productos listos para su
consumo, tales como restaurantes, establecimientos de «cate-
ring», colectividades, de comida rápida, pizzerías, hamburguese-
rías, bocadillerías, creperías; cafés, bares, cafeterías, cervecerías,
tabernas, freidurías, chiringuitos de playa y similares, pubs, te-
rrazas de veladores, quioscos, croisanterías, heladerías, chocola-
terías, degustaciones, salones de té, ambigús y similares, además
de las salas de baile o discotecas, cafés-teatro, tablaos y simila-
res, así como los servicios de comidas o bebidas en casinos, bin-
gos; asimismo, billares, toda clase de salones recreativos y «cy-
bercafés» u otros servicios de ocio y esparcimiento.
Art. 2.º Partes contratantes.- El presente Convenio se con-
cierta, por una parte, entre la Agrupación Industrial de Hostele-
ros Segovianos y, por otra, la representación de los trabajado-
res/as del sector a través de las centrales Sindicales de U.G.T. y
CC.OO.
Art. 3.º Ámbito temporal y denuncia.- El presente Conve-
nio cualquiera que sea la fecha de su registro por la autoridad la-
boral, y su publicación en el Boletín Oficial de la...
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