Convenio colectivo - UTE Jundiz II (Fomento de Construcciones y Contratas SA y Yarritu SA), Álava

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2010
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2012
Publicado enBoletín Oficial de Alava nº 81 de 21/07/2010

GOBIERNO VASCO

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES

Delegación Territorial de Álava

4917

Convenio Colectivo de empresa para Fomento de Construc -ciones y Contratas, S.A. y Yarritu, S.A. "UTE JUNDIZ".

Expte.: 01/2010/12

RESOLUCIÓN de 16 de junio de 2010, del Delegado Territorial en Álava del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se resuelve el registro y publicación del Convenio Colectivo para la empresa de Fomento de Construcciones y Contratas, S.A. y Yarritu, S.A. "UTE JUNDIZ" Código Convenio núm. 0103012.

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 11 de junio de 2010, ante esta Delegación Territorial de Álava, se ha presentado el texto del Convenio Colectivo para la empresa Fomento de Construcciones y Contratas, S.A. y Yarritu, S.A. "UTE JUNDIZ", suscrito el 1 de junio de 2010, así como el acta inicial de constitución de la Mesa Negociadora y el acta final.

  2. Dicho texto ha sido suscrito por la representación empresarial y por la representación social, CCOO que constituye la totalidad de la Comisión Negociadora.

  3. La vigencia de dicho Convenio se establece del 1 de enero de 2010 al 31 de diciembre de 2012.

    FUNDAMENTOS DE DERECHO

  4. La competencia para la inscripción y publicación del citado Convenio Colectivo, viene determinada por el Real Decreto Legislati vo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, conforme a lo dispuesto en su artículo 90.2, que determina que los Convenios deberán ser presentados ante la Autoridad Laboral a los solos efectos de registro, en relación con el Decreto del Gobierno Vasco 39/1981, de 2 de marzo, sobre creación y organización del Registro de los Convenios Colectivos de Trabajo, y la Orden de 3 de noviembre de 1982, que desarrolla el citado Decreto, así como por el Decreto 4/2009 de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Depar tamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, siendo esta Delegación Territorial el órgano competente de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 538/2009, de 6 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento.

  5. Teniendo en cuenta que la Comisión Negociadora está compuesta por la representación de la Empresa y de los trabajadores en la misma, el acuerdo adoptado reúne los requisitos del artículo 89.3 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores citado.

  6. El artículo 90.5 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, determina que si la Autoridad Laboral estimase que el Convenio conculca la legalidad vigente o lesiona gravemente el interés de terceros, se dirigirá de oficio a la Jurisdicción competente, y considerando que el presente supuesto no se lesiona el interés de terceros ni se conculca la legalidad vigente, procede, de conformidad con el apartado 2 y 3 del citado artículo, su registro y depósito, así como disponer su publicación en el BOTHA.

    Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación,

    El Delegado Territorial en Álava,

    RESUELVE

  7. Ordenar la inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de esta Sección Territorial del Convenio Colectivo de la empresa Fomento de Construcciones y Contratas, S.A. y Yarritu, S.A. "UTE JUNDIZ".

  8. Disponer la publicación del citado Convenio Colectivo en el BOTHA.

  9. Proceder a su correspondiente depósito en esta Delegación Territorial.

  10. Notificar la presente Resolución a las partes, haciendo saber que contra la misma, podrán interponer recurso de alzada ante la Directora de Trabajo del Gobierno Vasco, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en el artículo 114, en relación con el artículo 115 de

    la Ley de 30/1992 de Régimen Jurídico de las Adminis traciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, en relación con el artículo 17.j) del Decre to 538/2009, de 6 de octubre, por el que se establece la Estructura Orgánica y Funcional del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales.

    Vitoria-Gasteiz, 16 de junio de 2010.- Delegado Territorial de Álava, ÁLVARO IRADIER ROSA.

    CONVENIO COLECTIVO ENTRE LA EMPRESA FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS, S.A. Y YARRITU, S.A.,

    U.T.E. JUNDIZ, CON SU PERSONAL

    Artículo 1.- Ámbito de aplicación:

    El presente convenio será de aplicación a todo el personal afecto al Servicio de explotación de la planta de clasificación y separación de residuos de envases de Mendigorritxu, que la Empresa Fomento de Construcciones y Contratas, S.A. y Yarritu, S.A., U.T.E. JÚNDIZ, tiene concertado con la Diputación Foral de Álava.

    Artículo 2.- Ámbito temporal:

    El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma. No obstante sus efectos económicos se retrotraerán al 1 de enero de 2010.

    La duración del presente Convenio será hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil doce, quedando automáticamente prorrogado salvo denuncia expresa con tres meses de antelación de cualquiera de las partes.

    ...

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