Convenio colectivo - Clínicas Privadas de Córdoba, Córdoba

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2010
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2010
Publicado enBoletín Oficial de Córdoba nº 118 de 24/06/2010

Convenio Colectivo 14-0231-5

Visto el Texto de los Acuerdos adoptados el día 8 de marzo de 2010, por la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Provincial del Sector de Clínicas Privadas de Córdoba, por los que, entre otros, conforme al artículo 27 del convenio se actualizan las tablas salariales para 2010, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo sobre registro y depósito de Convenios, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 136/2010, de 13 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo.

ACUERDA

Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro correspondiente y su remisión para depósito al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación, con comunicación de ambos extremos a la Comisión Negociadora.

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Córdoba, 1 de junio de 2010.- El Delegado Provincial de Empleo, Antonio Fernández Ramírez.

ACTA DE LA COMISION PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE CLÍNICAS PRIVADAS DE CORDOBA.

ASISTENTES:

Por Asempur:

D. Ginés Delgado Cerrillo.

D. Manuel Valencia Díaz

Asesor:

D. Antonio Arroyo Díaz

Por CCOO:

D. José Manuel Poyato Poyato.

Por UGT:

D. Isaías Ortega Romero .

Dª. Dolores Hidalgo Gutiérrez

En Córdoba, siendo las dieciocho horas del día 8 de marzo de dos mil diez, se reúnen los señores relacionados al margen miembros de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Provincial de Clínicas Privadas de Córdoba, en la sede de la Confederación de Empresarios de Córdoba (CECO).

Se procede conforme a lo establecido en el artículo 27º del vigente convenio colectivo, acordándose seguidamente lo siguiente:

Primero. Efectuar el incremento de aquellos conceptos económicos contemplados en el texto del Convenio Colectivo correspondientes al año 2010. Se acompañan como anexo tablas salariales correspondientes al año 2010 incluyendo el incremento previsto en el convenio (IPC real del año 2009: 0,80 % + 0,75 %): 1,55 %.

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