Revisión salarial - Industrias Extractivas de Vidrio y Cerámica y para el Comercio Exclusivista de los mismos materiales, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2009
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2009
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 39 de 15/02/2011

Visto el texto del acta, de 18 de noviembre de 2010, de revisión salarial final para el año 2009 del Convenio Colectivo para las Industrias extractivas, Industrias del vidrio, Industrias cerámicas y para las del comercio exclusivista de los mismos materiales (código de Convenio número 99002045011981), publicado en el «BOE» de 31-8-2007, acta que fue suscrita por la Comisión Mixta de interpretación de dicho convenio, en la que están integradas la Confederación Empresarial Española del Vidrio y de la Cerámica y las centrales sindicales UGT y CC.OO., firmantes del convenio en representación, respectivamente, de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.–Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Mixta de Interpretación.

Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 3 de febrero de 2011.–El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

COMISIÓN MIXTA DE INTERPRETACIÓN

Acta de revisión salarial final de 2009

Asisten:

Por la representación empresarial:

Don Carlos Martí.

Doña Ana Beatriz Rapela.

Don Luis Adolfo Martínez.

Doña Katy Hernández.

Por la representación sindical:

MCA. UGT: Don Pedro Echaniz Biota.

FIA-UGT: Don José Carlos Ruiz Palacios.

FITEQA CC.OO.:

Don Alfredo Suarez García.

Don Manuel Fernández Borrajo.

Don Miguel Rodríguez Duran.

Secretario: José Luis Alonso Zarandieta.

En Madrid siendo las 11 horas del día 18 de noviembre de 2010, previa convocatoria al efecto se reúnen en la sede de la Confederación Empresarial Española del Vidrio y la Cerámica, sita en Gran Vía 80, los representantes empresariales, sindicales y el secretario que figuran referenciados para deliberar y tomar acuerdos sobre el siguiente orden del día:

Orden del día

  1. Confección de las tablas salariales finales para el 2009

    Tablas salariales finales de 2009

    Dado que el IPC real 2009 no ha superado el previsto, no procede la revisión de las tablas y otros conceptos salariales para ese año por lo que se acuerda que los valores definitivos 2009 sean los valores provisionales publicados en la revisión salarial 2009:

    1. Tablas Salariales que se unen como Anexo formando parte de la presente, las siguientes.

  2. Tablas Salariales Generales (Anexo II).

  3. Tablas Salariales para la Provincia de Madrid (Anexo III).

  4. Tablas salariales para el Subsector de Vidrio al Soplete (Anexo IV).

  5. Tablas Salariales para la Fabricación de Frascos y envases de Vidrio por Procedimiento Automático, Provincia de Barcelona (Anexo V).

  6. Tablas Salariales para la Fabricación y Enriquecimiento de Vidrio Hueco de Barcelona (Servicio de Mesa) (Anexo VI).

  7. Tablas Salariales para el Sector de Industrias Extractivas y Explotación y Manufacturas de Tierras Industriales (Anexo VII).

  8. Tablas Salariales para el Comercio y Manufacturas del Vidrio Plano de Valencia (Anexo VIII).

  9. Tablas Salariales para el Sector de Baldosín Cerámico de la Provincia de Valencia (Anexo IX).

  10. Tablas Salariales para el Comercio y Manufacturas del Vidrio Plano de Barcelona (Anexo X).

  11. Tablas Salariales para la Cerámica de Valencia (Anexo XI).

  12. Tablas Salariales para el Vidrio de Zaragoza (anexo XII).

  13. Tabla de Referencia (Salarios mínimos garantizados) (Anexo XIII).

    1. Otros conceptos.–Para el período de vigencia comprendido entre el 1 de enero de 2009 y el 31 de diciembre de 2009:

    Media dieta: 6,51 euros.

    Plus de turnicidad: 3,49 euros/día efectivamente trabajado.

    Se acuerda que el Acta sea firmada por cuatro miembros de la representación empresarial, dos por FITEQA CC.OO y dos por UGT (uno por FIA y uno por MCA) y el Secretario de la mesa.

    Se acuerda que el Secretario de la Mesa presente este Acta en la Dirección General de Trabajo para su registro y publicación en el «BOE».

ANEXO II

Tablas salariales finales año 2009

Incremento IPC previsto (2%)+ 0,5 puntos

Generales

Grupo profesional Nivel salarial Día
7 II Personal Titulado Superior 32,26
6 III Personal Titulado Medio 30,30
6 IV Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª 29,36
6 V Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección 28,45
5 VI Oficial Administrativo 1.ª, Técnico de Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado 27,57
5 VII Técnico de Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio 26,69
4 VIII Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario 25,79
4 IX Auxiliar Administrativo, Oficial 2ª operario 24,62
3 X Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario 23,72
2 XI Especialista de 2.ª, Peón especializado 23,21
1 XII Peón, Personal de limpieza 23,03
Pluses

Asistencia: por día efectivamente trabajado: 3,85.

Transporte: por día efectivamente trabajado: 2,93.

ANEXO III

Tablas salariales finales año 2009

Incremento IPC previsto (2% )+ 0,5 puntos

Provincia de Madrid

Grupo profesional Nivel salarial Día
7 II Personal Titulado Superior 32,26
6 III Personal Titulado Medio 30,30
6 IV Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª . 29,63
6 V Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección 29,02
5 VI Oficial Administrativo 1.ª , Técnico de Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado 28,41
5 VII Técnico de Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio 27,82
4 VIII Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario 27,57
4 IX Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario 26,72
3 X Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario 26,23
2 XI Especialista de 2.ª, Peón especializado 25,52
1 XII Peón, Personal de limpieza 24,90
Pluses:

Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 3,17.

Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,91.

Dietas:

Comida y Pernocta: 21,17.

ANEXO IV

Tablas salariales finales 2009

Incremento IPC previsto (2%) + 0,5 puntos

Subsector del vidrio al soplete

Grupo profesional Nivel salarial Día
7 II Personal Titulado Superior 62,31
6 III Personal Titulado Medio 57,93
6 IV Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª 54,59
6 V Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección 47,23
5 VI Oficial Administrativo 1.ª, Técnico Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado 39,92
5 VII Técnico Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio 38,77
4 VIII Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario 32,42
4 IX Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario 28,85
3 X Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario 27,11
2 XI Especialista de 2.ª, Peón especializado 25,54
1 XII Peón, Personal de limpieza 24,90
Pluses:

Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 2,99.

Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,77.

ANEXO V

Tablas salariales finales año 2009

Incremento IPC previsto (2% )+ 0,5 puntos

Fabricación de frascos y envases de vidrio por procedimiento automático, provincia de Barcelona

Categoria profesional Básico PAC Semana
Personal con remuneración mensual
Técnicos y directivos
Jefe de fabricación 932,21 682,86 42,22
Encargado de sección 785,27 348,24 42,22
Contramaestre 759,72 200,78 42,22
Delineante superior 810,35 333,99 42,22
Delineante de 1.ª 785,02 279,95 42,22
Delineante de 2.ª 785,02 179,08 42,22
Auxiliares, de 1.ª 707,48 119,38 42,22
Auxiliares de 2.ª 682,15 49,14 42,22
Administrativos
Jefe de 1.ª 862,61 450,89 42,22
Jefe de 2.ª 809,81 333,48 42,22
Oficial de 1.ª 785,02 260,31 42,22
Oficial de 2.ª 734,4 198,41 42,22
Auxiliares 720,49 69,22 40,31
Aspirantes 707,48 69,22 40,31
Mercantiles
Jefe de ventas 810,35 335,89 42,22
Viajante o Agente 785,02 122,94 42,22
Oficial de ventas 707,48 96,76 40,31
Subalternos
Listeros 513,68 121,23 38,36
Cobradores 707,48 106,27 40,31
Capataces de peones 682,86 129,28 38,36
Almacenero 682,2 127,35 38,36
Vigilante y Portero 707,52 25,91 40,31
Sanitario y Ordenanza 682,15 25,91 38,36
Personal de remuneración diaria
Obreros
Arqueta 22,44 2,86 40,62
Conductor máquina 1s ks. Potg 24,52 5,1 42,22
Mecánico Mak 1 s ks. De primera 24,52 5,1 42,22
Mecánico Mak 1 s ks. De segunda 24,52 4,98 42,22
Maquinista de primera 24,52 5,1 42,22
Maquinista de segunda 24,52 4,98 42,22
Fundidor de primera 24,52 4,98 42,22
Sacador de primera 24,52 4,43 42,22
Oficial primera de servicios auxiliares 24,52 4,43 42,22
Sacador de segunda 23,54 4,62 35,31
Soplador de primera 22,7 1,62 40,31
Vigilante Arca y Arca Corr. 22,7 1,62 40,31
Ayudante ( todos) 22,7 1,62 40,31
Soplador de segunda 22,7 1,62 40,31
Peones especializados 21,83 2,21 38,36
Oficial segunda de servicios oficiales 23,54 3,7 38,39
Peones y servicio limpieza 21,06 1,87 38,39
Además, todo el personal percibirá, por día trabajado, las siguientes cantidades:

Plus estímulo empresarial 2,13.

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