Revisión salarial - Comercio de Mayoristas de Frutas, Hortalizas y Productos Agroalimentarios, Cantabria

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2010
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2010
Publicado enBoletín Oficial de Cantabria nº 68 de 07/04/2011

Código de Convenio número 39001245011988.

Visto el acuerdo suscrito por la comisión negociadora del Convenio Colectivo laboral delsector de mayoristas de Frutas y Hortalizas, referente a la revisión salarial correspondiente alaño 2010 y, de conformidad con el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995 y los artículos 2 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de acuerdos yconvenios colectivos de trabajo; y, en relación con lo señalado en el Real Decreto 1900/1996de 2 de agosto sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a laComunidad Autónoma de Cantabria y Decreto 88/1996 de 3 de septiembre, sobre asunción defunciones y servicios transferidos, así como el Decreto 103/2008, de 16 de octubre, de atribución de competencias,

SE ACUERDA

Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como proceder a su depósito.

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

Santander, 29 de marzo de 2011.

El director general de Trabajo y Empleo,

Tristán Martínez Marquínez.

CVE-2011-4653

ACTA REVISION DE SALARIOS DE LA COMISION NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE COMERCIO AL POR MAYOR DE FRUTAS, VERDURAS Y HORTALIZAS

POR U.G.T. D. Luis A. Ruiz D. José GiraldezDª Mar Rio

POR CC.OO. D. Juan José Cisneros

POR LA ASOCIACION EMPRESARIAL DECOMERCIO MAYORISTA DE FRUTAS YVERDURAS D. Juan José Benito D. José F. Combarro D. Jesús BrizActúa como asesora:Dª Mª Dolores Ruilópez

Siendo las 13,00 horas del día 8 de marzode 2011, en la sede de CEOE-CEPYMECANTABRIA, se reúnen los representantesde la Asociación Empresarial de ComercioMayorista de Frutas y Verduras deCantabria, de la Central Sindical U.G.T y deComisiones Obreras, al objeto proceder a lafirma de la revisión salarial prevista en elart. 18 del texto del Convenio Colectivo deComercio Mayorista de Frutas, Verduras yHortalizas.

ACUERDAN:

  1. - Proceder a la revisión salarial prevista para el año 2010, según recoge el art. 18 delconvenio colectivo, relativo a la clausula de mantenimiento de poder adquisitivo, que establece:Para el año 2010 se abonará la diferencia entre el IPC real del año 2010 y el 1,7% pactadoinicialmente, pagándose atrasos con efectos retroactivos únicamente por los meses en que elIPC real supere al porcentaje pactado inicialmente.

  2. - Conocido el IPC real del año 2010, según fue fijado por el INE, se procede a la...

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