Convenio colectivo - Universidad de Extremadura, Extremadura

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2011
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2011
Publicado enDiario Oficial de Extremadura nº 80 de 27/04/2011

CONSEJERÍA DE IGUALDAD Y EMPLEO

RESOLUCIÓN de 11 de abril de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la publicación del Pacto en materia de derechos sindicales suscrito por la Universidad de Extremadura y las organizaciones sindicales CSI-F, FETE-UGT, CCOO y USO. (2011060792)

Según lo establecido en el artículo 38.6 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Universidad de Extremadura ha remitido a esta Dirección General de Trabajo, para su publicación, el texto del Pacto en materia de derechos sindicales suscrito por la Universidad de Extremadura y las organizaciones sindicales CSI-F, FETE-UGT, CCOO y USO. A tal efecto, esta Dirección General de Trabajo,

RESUELVE:

Disponer la publicación del texto del citado Acuerdo en el Diario Oficial de Extremadura, para general conocimiento de los posibles interesados.

Mérida, a 11 de abril de 2011.

El Director General de Trabajo,

JUAN MANUEL FORTUNA ESCOBAR

PACTO EN MATERIA DE DERECHOS SINDICALES SUSCRITO POR LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA Y LAS ORGANIZACIONES SINDICALES CSI-F, FETE-UGT, CCOO Y USO En el marco del proceso de diálogo que la Universidad de Extremadura mantiene con las Organizaciones Sindicales que integran la Mesa Negociadora de la Universidad de Extremadura, se aprobó y dio publicidad en fecha 24 de noviembre de 2001 al Pacto alcanzado sobre Derechos Sindicales ultimado el 22 de octubre anterior.

El citado Pacto mantuvo la vigencia inicialmente pactada, prorrogándose tácitamente hasta que, en el seno de la Mesa Negociadora de la Universidad de Extremadura se consideró conveniente su actualización mediante acuerdo adoptado en fecha 4 de diciembre de 2008, publicado por Resolución de 11 de febrero de 2009, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Igualdad y Empleo (DOE de 25 de febrero de 2009).

En la actualización practicada se determina una vigencia hasta la sustitución de un nuevo pacto, sin perjuicio de la revisión que debería producirse tras la celebración de elecciones a órganos de representación del personal docente e investigador y de administración y servicios de la Universidad de Extremadura.

Concluido el proceso de elecciones a órganos de representación y, en su virtud, al amparo todo ello de lo dispuesto en el artículo...

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