Acuerdo de modificación - Agencia Aragonesa de Noticias SL, Aragón
Inicio de Vigencia | 1 de Enero de 2009 |
Fin de Vigencia | 31 de Diciembre de 2011 |
Publicado en | Boletín Oficial de Aragón nº 119 de 20/06/2011 |
Vista el Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la empresa Agencia Aragonesa de Noticias (Código de Convenio 72000322012009), suscrita el día 13 de mayo de 2011, de una parte en representación de la empresa, y de otra en representación de los trabajadores, en la que se acuerda la modificación del artículo 18 del Convenio Colectivo que hace referencia a las vacaciones, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90.2 y 3 del Real Decreto 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo,
esta Dirección General de Trabajo acuerda:
Primero.-Ordenar la inscripción del Acta citada en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos, de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».
Zaragoza, 31 de mayo de 2011
Siendo las 20.00 horas del día 13 de mayo de 2011 se reúnen la Comisión Negociadora del citado Convenio, en el domicilio social de Agencia Aragonesa de Noticias, S. L. sita en calle Ossau n.º 9, local de Zaragoza, compuesta por las siguientes personas:
-
Por la empresa:
D. Roberto García Bermejo, Director.
-
Por los trabajadores:
D. Enrique Albalad Tamargo, Delegado de Personal
Ambas partes, expresamente se reconocen en el presente acto como interlocutores para la validez de los acuerdos reflejados en la presente Acta y, a tal efecto,
manifiestan:
Primero.-Que, con fecha 25 de noviembre de 2008, ambas partes firmaron el Acta por el que se aprueba el texto del Convenio Colectivo de Agencia Aragonesa de Noticias, S. L. para el período comprendido entre el 1 de enero de 2009 y el 31 de diciembre de 2011, publicado en el «Boletín Oficial de Aragón» de 2 de enero de 2009.
Segundo.-Que, no obstante la citada vigencia, ambas partes han estimado conveniente proceder a revisar la actual regulación de las...
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