Convenio colectivo - Transporte de Enfermos y Accidentados en Ambulancia y de Asistencia Sanitaria Extrahospitalaria, Islas Baleares

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2011
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2012
Publicado enBoletín Oficial de las Islas Baleares nº 92 de 22/06/2011

Resolución del Director General de Trabajo de día 16 de junio de 2011 por la que se ordena la inscripción y el depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears y se dispone la publicación oficial del Convenio Colectivo del sector del Transporte de enfermos y accidentados en ambulancias de las Illes Balears (Exp: CC_TA_08/178 código de convenio núm.

07000895012003) Antecedentes 1. El día 1 de junio de 2011, la representación de las empresas del sector del Transporte de enfermos y accidentados en ambulancias de las Illes Balears y la de su personal suscribieron el texto del Convenio Colectivo de trabajo de este sector.

  1. El día 9 de junio de 2011, el señor Josep Ginard Vallcaneras, en representación de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo, solicitó el registro, depósito y la publicación del citado Convenio Colectivo.

    Fundamentos 1. El artículo 90.3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

  2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

  3. El artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas i del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

    Por todo esto, dicto la siguiente Resolución 1. Ordenar la inscripción y el depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears del Convenio Colectivo de trabajo del sector del Transporte de enfermos y accidentados en ambulancias de las Illes Balears.

  4. Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora.

  5. Hacer constar que la versión castellana del Convenio es la original firmada por las personas miembros de la Comisión Negociadora y que la versión catalana es una traducción de la misma.

  6. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

    Palma, a 16 de junio de 2011

    El Director General de Trabajo Iago Negueruela Vázquez Disposición preliminar En función de la legitimación y la capacidad legal reconocida mutuamente por las partes, se acuerda este Cuarto Convenio Colectivo de Transporte Sanitario en el ámbito de la Comunidad.Autónoma de les Illes Balears, suscrito por la Asociación Balear de Empresarios de Ambulancias (ABEA), y las Centrales Sindicales CC.OO. y UGT, designando a los efectos legales pertinentes como domicilio de las partes los siguientes:

    Asociación Balear de Empresarios de Ambulancias, calle Pocomaco nº3,

    CP 07011 de Palma de Mallorca.

    CC.OO. Federació de Serveis a la Ciutdadanía de les Illes Balears, C/ Francesc de Borja i Moll, 3, CP 07003 de Palma de Mallorca.

    UGT, Federación de Transportes, Comunicación y Mar de Illes Balears de la Unión General de Trabajadores, con domicilio en la C/ Font i Monteros nº8 –3. º, de Palma de Mallorca.

CAPÍTULO I Disposiciones Generales Sección primera. Ámbito Art. 1. Ámbito Funcional. Las...

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