Convenio colectivo - Manantial de Fuencaliente SA, Cantabria

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2011
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2011
Publicado enBoletín Oficial de Cantabria nº 227 de 28/11/2011

Código de Convenio número 39000162011981.

Visto el texto del convenio colectivo de trabajo para la empresa "Manantial de Fuencaliente, S. A.", para el periodo 2011, suscrito por la comisión negociadora del mismo formadas por laspersonas designadas por la empresa en su representación y el Comité de Empresa en representación de los trabajadores afectados; y, de conformidad con el artículo 90 del Real Decretolegislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley delEstatuto de los Trabajadores, y los artículos 2 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo,sobre registro y depósito de los acuerdos y convenios colectivos de trabajo; y, en relacióncon lo señalado en el Real Decreto 1900/1996, de 2 de agosto, sobre traspaso de funciones yservicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria, y Decreto88/1996, de 3 de septiembre, sobre asunción de funciones y servicios transferidos, así comoel Decreto 9/2011, de 28 de junio, de reorganización de las Consejerías de la Administraciónde la Comunidad Autónoma de Cantabria, y el Decreto 87/2011, de 7 de julio, por el que semodifica parcialmente la Estructura Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.

SE ACUERDA

Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como proceder a su depósito.

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

Santander, 18 de noviembre de 2011.

La directora General de Trabajo,

Rosa María Castrillo Fernández.

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA

"MANANTIAL DE FUENCALIENTE, S. A."

CAPÍTULO PRIMERO
Disposiciones Generales Artículos 1 a 49
Artículo 1º Ámbito funcional - El presente convenio establece las normas por las que hande regirse las relaciones laborales entre la Empresa Manantial de Fuencaliente, S

A. y su personal.

CVE-2011-15481

Artículo 2º Ámbito Personal - Las presentes normas regirán para todos los trabajadoresencuadrados en la Empresa, cualquiera que sea su categoría profesional y funciones.
Artículo 3º Ámbito territorial - Este Convenio será de aplicación al centro de trabajo que laEmpresa tiene en Solares (Cantabria) y a sus Delegaciones y Sucursales ".
Artículo 4º Ámbito temporal - El presente Convenio tendrá una duración de un año, comenzando su vigencia el día 1 de enero de 2.011 y finalizando el 31 de diciembre de 2011.

Una vez finalizado el plazo de duración del presente convenio, éste quedará denunciadoautomáticamente sin necesidad de denuncia alguna por las partes firmantes.

Las partes firmantes se comprometen a constituir la comisión negociadora del convenio enun plazo no superior a 1 meses desde la finalización de la vigencia del convenio anterior.

Las partes firmantes se comprometen a iniciar las negociaciones del convenio colectivo enun plazo no superior a 15 días desde la constitución de la mesa negociadora.

Ambas partes acuerdan que el plazo máximo de negociación sea de 8 meses cuando lavigencia del convenio anterior hubiese sido inferior A dos años o de catorce meses en los restantes convenios, a contar desde la fecha de pérdida de vigencia.

Artículo 5º Absorción y compensación - Las condiciones establecidas en el presente Convenio sustituirán en su totalidad a las anteriores vigentes en la Empresa.

No obstante, aquellos trabajadores que vinieran disfrutando de retribuciones de cualquierclase que, estimadas en su conjunto y cómputo anual, sean más beneficiosas que las establecidas en el presente Convenio, conservarán a título personal tales retribuciones superiores.

Artículo 6º Vinculación a lo pactado - Las condiciones pactadas forman un todo orgánico eindivisible y, a efectos de su aplicación práctica serán consideradas globalmente.
CAPÍTULO SEGUNDO Artículos 7 a 11

Movilidad del personal, organización del trabajo y clasificación de los trabajadores

Artículo 7º Movilidad Funcional - A los efectos de lo dispuesto en el artículo 9 de este convenio colectivo, la Dirección de la Empresa podrá hacer uso en todo momento de la facultad demovilidad funcional que le confiere el artículo 39 del Estatuto de los Trabajadores.

El trabajador afectado por el cambio de puesto se integrará en el nuevo puesto con lascondiciones generales propias del mismo.(Horario de trabajo, régimen de turnos, etc.).

Artículo 8º Trabajos de superior e inferior categoría - La Empresa podrá destinar a cualquier trabajador a trabajos de categoría superior por el tiempo necesario, percibiendo el trabajador el salario y demás complementos correspondientes a tal categoría y reintegrándosea su antiguo puesto cuando cesen las causas que motivaron el cambio, desde cuyo momentopercibirá el salario primitivo.

Asimismo, podrá la Empresa destinar a cualquier trabajador a tareas de categoría inferiora la suya por el tiempo necesario y manteniéndole la retribución y demás derechos laboralesderivados de su categoría.

Artículo 9º Organización del trabajo - Debido a las especiales circunstancias del consumode agua mineral envasada, único producto de la Empresa y que en gran parte es de temporada, la Dirección podrá organizar el trabajo dentro de las modalidades de jornada establecidasen este Convenio, de acuerdo con las necesidades de la producción, la venta o la distribución.
Artículo 10º Clasificación del personal y definición de categorías.

10.1 - Clasificación del personal. a) Clasificación por su permanencia.

Atendiendo a su permanencia en el trabajo el personal de la Empresa se clasificará en fijoo temporal.

El personal de carácter eventual se clasificará de acuerdo con las modalidades que esténen vigor en cada momento. b) Clasificación según la función

En atención a las peculiares funciones de cada uno, los trabajadores de la Empresa estaránclasificados en los siguientes grupos:

1- Personal Técnico a) Titulados - Titulados Superiores - Titulados de grado medio o diplomados. b) No titulados - Encargado General - Encargado de Sección2- Personal AdministrativoIntegrarán este grupo las siguientes categorías: Jefe Administrativo 1ª; Jefe Administrativo2ª; Oficial Administrativo 1ª; Oficial Administrativo 2ª y Auxiliar Administrativo.

3- Comercial - Ventas

Integrarán este grupo las siguientes categorías: - Jefe de Ventas; Inspector de Ventas, Promotor de ventas y Vendedor. - Jefe Administrativo 1ª; Jefe Administrativo 2ª; Oficial Administrativo 1ª; Oficial Administrativo 2ª y Auxiliar Adtvo.

4 - Personal Obrero - Oficial de 1ª - Oficial de 2ª - Oficial de 3ª - Peón5 - Personal Subalterno - Vigilantes - Ordenanzas - Limpiador/a

10.2 Definición de las distintas categorías1 - Personal Técnico a) Titulados - Titulados superiores.- Son los Empleados que con título de Facultad Universitaria o Escuela Técnica Superior, realizan en la Empresa las funciones inherentes a su titulación. - Titulados de grado medio o diplomados.- Son los empleados que con posesión del Títulode la Escuela Universitaria o Técnica de grado medio, realizan las funciones de su titulación. b) No Titulados - Encargado General.- Es el Empleado designado libremente por la Empresa que bajo lasórdenes del Director o los representantes de la misma ejerce los servicios de coordinación entre las distintas secciones de ella, transmitiendo órdenes de la Dirección y ostentando mando

sobre el personal obrero y subalterno y con responsabilidad directa ante la Dirección de laEmpresa.

- Encargado de Sección.- Es el Empleado que bajo las órdenes del Encargado General,dirige los trabajos de una sección determinada dentro de la Empresa, correspondiéndole laresponsabilidad del trabajo que realicen los grupos de trabajadores a sus órdenes, así como elmando, vigilancia y disciplina del personal que compete a su sección.

2- Personal administrativo

- Jefe Adtvo. 1ª.- Es el Empleado designado libremente por la Empresa que a las órdenesinmediatas de la Gerencia o Dirección, lleva la responsabilidad directa de un departamentoadministrativo.

- Jefe Adtvo. 2ª.- Es el Administrativo que actúa a las órdenes inmediatas del Jefe de 1ªrespectivo, si lo hubiere, y está encargado de orientar, sugerir y dar unidad a la sección o dependencia que tenga a su cargo, así como de distribuir el trabajo entre los oficiales y auxiliaresy demás personal que de él dependa y tiene a su vez la responsabilidad inherente a su cargo.

- Oficial Adtvo. 1ª.- Es el Empleado mayor de 18 años, con servicios determinados a sucargo, que con iniciativa y responsabilidad restringidas y con o sin otros empleados a sus órdenes, tiene a su cargo en particular las funciones de taquimecanografía, despacho de correspondencia, trabajos auxiliares de contabilidad, cuentas corrientes de clientes, etc.

- Oficial Adtvo. 2ª.- Es el Empleado mayor de 18 años, que con iniciativa y responsabilidadrestringidas, auxilia al Oficial de 1ª en sus trabajos, cuidad de la organización de archivos yficheros y realiza otros trabajos similares, como redacción de facturas, cálculo y confección deliquidaciones de la Seguridad Social, etc.

- Auxiliar Adtvo.- Se consideran auxiliares los Empleados mayores de 18 años que sininiciativa y responsabilidad resolutiva se dediquen, dentro de la oficina, a operaciones elementales administrativas y en general a las puramente mecánicas inherentes al trabajo de oficina.

3 - Comercial - Ventas

- Jefe de Ventas.- Es el Empleado que habitualmente tiene a su cargo la dirección y fiscalización de todas las operaciones de ventas, programando los itinerarios de desplazamiento delpersonal a sus órdenes, así como la determinación de las orientaciones o criterios conformea los cuales deben realizarse, siguiendo las directrices y previa aprobación que reciba de laDirección Comercial o Gerencia de la Empresa.

El...

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