Revisión salarial - Entidades de Seguros, Reaseguros y Mutuas de Accidentes de Trabajo, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2011
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2011
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 40 de 16/02/2012

Visto el texto de las tablas salariales revisadas correspondientes al año 2011 del Convenio colectivo para el sector de entidades de seguros, reaseguros y mutuas de accidentes de trabajo (Código de Convenio n.º 99004625011981), que fue suscrito con fecha 19 de enero de 2012, de una parte por las organizaciones empresariales UNESPA, AMAT y ASECORE en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales de CC.OO. y UGT en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 8 de febrero de 2012.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

COMISIÓN MIXTA PARITARIA DE INTERPRETACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO GENERAL DE ÁMBITO ESTATAL PARA LAS ENTIDADES DE SEGUROS, REASEGUROS Y MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO. AÑOS 2008 A 2011

Acta n.º 18 de la reunión celebrada el día 19 de enero de 2012

Asistentes:

Representación empresarial:

Por UNESPA: Sra. Regalado y Sres. González Pisón y Díaz de Lope-Díaz.

Por AMAT: Sres. Mateo y Meneses.

Representación sindical:

Por CC.OO.: Sres. Martínez, Jaraba y Escudero.

Por UGT: Sres. Sanz, González, Perea, Ripoll y Sra. Renuncio.

En Madrid, en la fecha arriba indicada, en los locales de la calle Núñez de Balboa, n.º 101, siendo las 10:30 horas, se reúnen las representaciones expresadas al objeto de celebrar la correspondiente reunión de la Comisión Mixta Paritaria del Convenio colectivo.

La presente reunión tiene por objeto proceder a la aplicación para el año 2011 de la Cláusula de revisión salarial prevista en el artículo 37 del citado Convenio, en relación con su artículo 36 sobre «Condiciones económicas para los años 2009, 2010 y 2011».

Al efecto, una vez que por el INE se ha dado a conocer que el Índice de Precios de Consumo correspondiente a 2011 se ha situado en el 2,4 %, ambas...

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