Revisión salarial - Industrias Siderometalúrgicas, La Rioja

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2011
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2011
Publicado enBoletín Oficial de la Rioja de 22/02/2012

Visto el Acuerdo sobre revisión salarial por IPC del año 2011 correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo de aplicación para la actividad de Industrias Siderometalúrgicas de la Comunidad Autónoma de La Rioja para los años 2009, 2010 y 2011 (Código núm. 26000355011981), prevista en el citado Convenio y suscrito al efecto por la Comisión Paritaria del mismo con fecha 1 de febrero de 2012, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo (B.O.E. del 29), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

Esta Dirección General de Trabajo y Salud Laboral, Acuerda:

Primero.- Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.- Disponer su publicación en el "Boletín Oficial de La Rioja".

En Logroño a 9 de febrero de 2012. Rosario Cuartero Lapeña. Directora General de Trabajo y Salud Laboral

Convenio colectivo siderometalúrgico, revisión salarial, año 2011

En la ciudad de Logroño, siendo las diecisiete horas del día uno de febrero de dos mil doce, se reúnen, en el Tribunal Laboral de La Rioja, los siguientes señores: D. Óscar Mendizábal Bueno, Dña. Yolanda Salazar Riaño, D. Santiago López Melón, Dña. Esther Moreno Martínez y D. Javier Sabanza San Román, en representación de la Asociación de Industrias del Metal de La Rioja; D. Rubén Fernández Caro, Dña. Isabel Blanco Marín y D. Javier Acha Martínez, en representación de M.C.A.-U.G.T.; D. Ignacio Navaridas Salazar, en representación de la Federación de Industria de Comisiones Obreras y D. Omar Aliane Djeriedz, en representación de la Federación de Industria de la Unión Sindical Obrera, todos ellos componentes de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Trabajo para la actividad de "Industrias Siderometalúrgicas" de la Comunidad Autónoma de La Rioja para los años 2009, 2010 y 2011.

Actúa de Secretario, D. Miguel Ángel Librada Tomás, de la Federación de Empresarios de La Rioja (FER).

El motivo de la reunión es establecer la revisión económica pactada en el artículo 17º, en relación con la desviación experimentada por el I.P.C. durante 2011 y aplicable a los conceptos de Salario Base, Plus Carencia de Incentivos, Excepción a la Compensación y Absorción, Plus de Transporte y Distancia y Salidas, Viajes, Dietas y Desplazamientos.

De conformidad con lo anterior, en función de las competencias asignadas a la Comisión Paritaria, se adoptan por unanimidad los siguientes acuerdos:

Primero.- Revisión salarial año 2011.- Una vez constatado que el Índice de Precios al Consumo (IPC), establecido por el I.N.E. para el conjunto nacional, ha registrado al 31 de diciembre de 2011, un incremento del 2,4%, respecto al 31 de diciembre de 2010, se procede a revisar los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2010 en un 3%, correspondiente al 2,4% que ha supuesto la desviación del IPC, más el complemento del 0,6 establecido en el artículo 17 del Convenio...

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