Corrección de errores - Industrias Vinícolas y Alcoholeras, Región de Murcia

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2012
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2012
Publicado enBoletín Oficial de la Región de Murcia de 30/03/2012

Advertido error en el texto de la Resolución de 6 de marzo de 2012, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del acuerdo, de Tabla Salarial; número de expediente, 30/01/0004/2012; referencia, 201244150007; denominación, Industrias Vinícolas y Alcoholeras; código de convenio, 30001415011981; ámbito, Sector, publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, n.º 64, de fecha 16 de marzo de 2012, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

A la Resolución de la Dirección General de Trabajo, que aparece en la pagina 11963, se ha de incluir el texto del acta de firma del acuerdo y la tabla salarial para el año 2012, que se adjunta.

Murcia, 16 de marzo de 2012.—El Director General de Trabajo, por Delegación de Firma, el Subdirector General de Trabajo (Resolución de 01-10-2007), Pedro Juan González Serna.

Acta de acuerdo y firma de la subida salarial para el año 2012 del Convenio Colectivo de Trabajo para las Industrias Vinícolas y Alcoholeras de la Comunidad Autónoma de Murcia.

En Jumilla siendo las 18 horas del 29 de febrero de 2012, previa citación al efecto. Se reúnen, en los locales de la Asociación de Empresarios del Vino de Jumilla (ASEVIN)

* Por la representación de los trabajadores y sindicatos:

Juan Ant. Montesinos García UGT

Bernardo Simón Martínez UGT

Jesús Candel López CC.OO.

Diego Cutillas Abellán CC.OO.

Manuel Gil Polo USO

Antonio Ibáñez Soriano USO

* Por la parte empresarial (ASEVIN)

Ángel Gil Vera

Hermógenes Fernández Navarro

Juan Antonio Ruiz Jiménez

Ambas partes negociadoras se reconocen como interlocutores validos y con legitimación y representación suficiente para negociar y firmar la presente Revisión Salarial del citado Convenio Colectivo, así como que cumplen todos los requisitos establecidos en la ley 8/80, sobre el Estatuto de los Trabajadores.

En cumplimiento de lo establecido en el articulo 13 del Convenio Colectivo para Industrias Vinícolas y Alcoholeras. Expediente 48/05, publicado en el BORM el día 11/01/2010, las partes proceden a aplicar la subida salarial pactada para el año 2012.

Año 2012: IPC real Comunidad Autónoma de Murcia al 31/12/2011.

En el supuesto de que a fecha 31 de diciembre de alguno o algunos de los años 2009, 2010 o 2011, el IPC real de la Comunidad Autónoma de Murcia resultará inferior al 2%, el incremento salarial a aplicar al año siguiente, será del 2%.

Los importes de...

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