Convenio colectivo - Personal de Administración y Servicios Laboral de las Universidades Públicas Canarias, Canarias

Inicio de Vigencia27 de Junio de 2012
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2014
Publicado enBoletín Oficial de Canarias nº 124 de 26/06/2012

Visto el texto del Acuerdo de la Comisión Negociadora del Primer Convenio Colectivo del personal docente e investigador laboral de las Universidades Públicas de Canarias; y de conformidad con lo dispuesto en el artº. 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y los Reales Decretos 661/1984, de 25 de enero y 1033/1984, de 11 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de mediación, arbitraje y conciliación; el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, así como el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, aprobado por el Decreto 405/2007, de 4 de diciembre, Boletín Oficial de Canarias nº 249, 14 de diciembre de 2007, esta Dirección General de Trabajo

ACUERDA:

Primero.- Ordenar la inscripción en el Registro de Convenios Colectivos con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.- Disponer el depósito del texto original.

Tercero.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un mes desde la notificación o publicación de la presente resolución, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de junio de 2012.- La Directora General de Trabajo, Gloria del Pilar Gutiérrez Arteaga.

PRIMER CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR LABORAL DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS DE CANARIAS.

SUMARIO

PREÁMBULO

TÍTULO PRELIMINAR: DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1 Identificación de las Partes y Objeto
Artículo 2 Ámbito de aplicación funcional y territorial
Artículo 3 Ámbito personal
Artículo 4 Ámbito temporal
Artículo 5 Normativa de aplicación
Artículo 6 Indivisibilidad del Convenio Colectivo
Artículo 7 Compensación y absorción
Artículo 8 Condiciones más beneficiosas
Artículo 9 Comisión Paritaria
Artículo 10 Mediación y resolución de conflictos
TÍTULO I MODALIDADES DE CONTRATACIÓN LABORAL. RÉGIMEN DE PERSONAL. RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO Artículos 11 a 17
CAPÍTULO I MODALIDADES DE CONTRATACIÓN LABORAL ESPECÍFICAS DEL ÁMBITO UNIVERSITARIO Artículos 11 y 12
Artículo 11 Personal docente e investigador
Artículo 12 Personal investigador
CAPÍTULO II RÉGIMEN DE PERSONAL Artículos 13 a 15
Artículo 13 Funciones del Personal docente e investigador laboral
Artículo 14 Dedicación del Personal Docente e Investigador Laboral
Artículo 15 Organización del trabajo
CAPÍTULO III RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO Artículos 16 y 17
Artículo 16 Relación de Puestos de Trabajo
Artículo 17 Elaboración y modificación de la Relación de Puestos de Trabajo
TÍTULO II PROVISIÓN DE PLAZAS Y SELECCIÓN DE PERSONAL. PROMOCIÓN PROFESIONAL Artículos 18 a 27
CAPÍTULO I PROVISIÓN DE PLAZAS Y SELECCIÓN DE PERSONAL Artículos 18 a 22
Artículo 18 Principios generales
Artículo 19 Procedimiento de provisión
Artículo 20 Provisión de plazas específicas en el ámbito de ciencias de la salud
Artículo 21 Reingreso de personal sin derecho a reserva del puesto de trabajo
Artículo 22 Sustitución de trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo
CAPÍTULO II PROMOCIÓN PROFESIONAL Artículos 23 a 27
Artículo 23 Derecho a la promoción profesional
Artículo 24 Promoción de los Ayudantes
Artículo 25 Promoción de los Profesores Ayudantes Doctores a Profesores Contratados Doctores
Artículo 26 Promoción de los Profesores Ayudantes Doctores a Profesores Titulares de Universidad
Artículo 27 Promoción de los Profesores Contratados Doctores
TÍTULO III JORNADA LABORAL, VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS Artículos 28 a 31
CAPÍTULO I CALENDARIO LABORAL Y JORNADA DE TRABAJO Artículos 28 y 29
Artículo 28 Calendario laboral
Artículo 29 Jornada de trabajo
CAPÍTULO II VACACIONES, PERMISOS, LICENCIAS Y REDUCCIONES DE JORNADA Artículos 30 y 31
Artículo 30 Vacaciones, permisos y licencias
Artículo 31 Reducciones de jornada
TÍTULO IV SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO Y EXCEDENCIA Artículos 32 y 33
Artículo 32 Suspensión del contrato de trabajo
Artículo 33 Excedencias y servicios especiales
TÍTULO V RÉGIMEN RETRIBUTIVO Artículos 34 a 43
CAPÍTULO I NORMAS GENERALES Artículos 34 y 35
Artículo 34 Régimen retributivo
Artículo 35 Recibo de salarios
CAPÍTULO II ESTRUCTURA GENERAL DE LAS RETRIBUCIONES Artículos 36 a 43
Artículo 36 Retribuciones de los Profesores Contratados Doctores y de los Investigadores fijos e indefinidos
Artículo 37 Retribuciones de los Profesores Ayudantes Doctores y de los Colaboradores
Artículo 38 Retribuciones de los Ayudantes
Artículo 39 Retribuciones del Profesorado Asociado a tiempo parcial
Artículo 40 Retribuciones de los titulares de plazas vinculadas docente-asistenciales
Artículo 41 Otras remuneraciones
Artículo 42 Retribuciones de los profesores eméritos y visitantes
Artículo 43 Indemnizaciones por razón del servicio
TÍTULO VI FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO. SEGURIDAD Y SALUD LABORAL. ACCIÓN SOCIAL Artículos 44 a 46
Artículo 44 Formación y perfeccionamiento profesional
Artículo 45 Seguridad y salud en el trabajo
Artículo 46 Acción Social
TÍTULO VII DERECHOS SINDICALES Artículos 47 y 48
Artículo 47 Negociación colectiva, representación y participación
Artículo 48 Utilización del crédito horario para el ejercicio de las funciones representativas
TÍTULO VIII RÉGIMEN DISCIPLINARIO Artículo 49
Artículo 49 Régimen disciplinario
DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera. Jubilación

Segunda. Evaluación de la actividad investigadora

Tercera. Promoción profesional

Cuarta. Promoción del profesorado asociado

Quinta. Consolidación del complemento de antigüedad

Sexta. Promoción de la igualdad y de la protección contra el acoso sexual

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera. Procedimiento y Baremo General de los concursos de acceso

Segunda. Personal investigador indefinido

Tercera. Garantía de derechos retributivos

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Eficacia del nuevo régimen retributivo

Segunda. Estatuto del Personal Docente e Investigador

Tercera. Modificación del actual régimen de distribución o cómputo de la jornada de trabajo

Cuarta. Promoción interna

PREÁMBULO

El presente Convenio Colectivo, suscrito de una parte por las Universidades de La Laguna y de Las Palmas de Gran Canaria, representadas por sus Rectores Magníficos, y de otra parte por su Personal Docente e Investigador laboral, representado por las Organizaciones Sindicales CCOO, Asamblea de profesorado, IC y UGT, que suponen la mayoría absoluta de los miembros de los Comités de Empresa de cada una de dichas Universidades, constituye la expresión del acuerdo libremente adoptado por ambas partes en virtud de su autonomía colectiva y como resultado de la negociación desarrollada por las mismas, siendo de eficacia general dentro de su ámbito de aplicación y en los términos fijados en el mismo.

TÍTULO PRELIMINAR
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 49
Artículo 1 Identificación de las Partes y Objeto.
  1. Este primer Convenio Colectivo del Personal docente e investigador laboral (en adelante, PDIL) de las Universidades Públicas de Canarias ha sido negociado, de una parte, por la Universidad de La Laguna (ULL) y la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC), representadas por el Rector Magnífico de cada una de ellas y, de otra parte, por el Personal Docente e Investigador laboral dependiente de aquéllas, representado por los Sindicatos CCOO, Asamblea de profesorado, IC y UGT.

  2. Su objeto es regular las relaciones laborales del PDIL de las Universidades Públicas de Canarias, en el marco jurídico legalmente establecido.

Artículo 2 Ámbito de aplicación...

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