Revisión salarial - Fomento de Construcciones y Contratas SA (Centro de Trabajo de Calahorra), La Rioja

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2012
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2012
Publicado enBoletín Oficial de la Rioja de 03/04/2013

Visto el Acuerdo sobre la revisión salarial para el año 2012 correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo de aplicación al centro de trabajo de la empresa Fomento de Constucciones y Contratas, S.A. en Calahorra (La Rioja) para los años 2009, 2010, 2011 y 2012 (Código núm. 26000571011991), prevista en el citado convenio y suscrito al efecto por la Comisión Paritaria del mismo con fecha 28 de enero de 2013, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (B.O.E. del 29), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

Esta Dirección General de Trabajo y Salud Laboral, Acuerda:

Primero.- Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.- Disponer su publicación en el 'Boletín Oficial de La Rioja'.

En Logroño a 22 de marzo de 2013. Rosario Cuartero Lapeña. Directora General de Trabajo y Salud Laboral.

Acta

Por La Empresa

D. Fco. Javier Miguel Sanchez

D. Carmelo Jimenez Bozal

D. Jose A. Martinez Perez

Por Los Trabajadores

D. Jose Luis Castillo Leon

En Logroño siendo las 11 h. del día 28 enero de 2.013, se reúnen en los locales designados por la empresa al efecto, los señores al margen relacionados componentes de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de la empresa Fomento de Construcciones y Contratas, S.A., para el personal adscrito a la limpieza y recogida de la ciudad de Calahorra.

Es objeto de la presente reunión, el proceder a la firma de la revisión de las tablas salariales para el año 2.012, segundo año de vigencia del convenio, siguiendo la pauta de la Cláusula Adicional Quinta.

En su virtud se llega a los siguientes:

Acuerdos

Primero: Una vez publicado el IPC real del año 2012, establecido en el 2,9%, se procede a revisar la tablas salariales para el año 2.012 en la cantidad del 2,9 %, más el incremento del 1 % pactado con efectos 1 de enero, todo ello en virtud de la Cláusula Adicional Quinta Apartado B del Convenio Colectivo vigente.

Segundo: Ambas partes se reconocen capacidad legítima para su firma y acuerdan autorizar para su registro y publicación a Dña. Olimpia Manzanares Pablo con D.N.I.: 72786718K.

Por todo...

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