Convenio colectivo - Transporte Regular de Viajeros por Carretera, Islas Baleares

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2007
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2010
Publicado enBoletín Oficial de las Islas Baleares nº 161 de 27/10/2007

Resolución del Director General de Trabajo, por la que se hace público el Convenio Colectivo Laboral para el Transporte Regular de Viajeros por Carretera de las Islas Baleares para los Años 2007 a 2010.

Referencia: DGT/JP/mpu Ordenación Laboral-Convenios Colectivos Expediente: CC TA 12/0128 (L.III)

Código del convenio: 07/00845

Visto el texto citado en el asunto, de acuerdo con el art. 90.3 del Estatuto de los Trabajadores, el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo y el art. 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero (BOE del 14.1.99);

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.- Ordenar la inscripción del citado Convenio en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.- Disponer su publicación en el BOIB.

Palma, 17 de octubre de 2007

El Director General de Trabajo Pere Aguiló Crespí Texto Articulado del Convenio Colectivo Laboral para el Transporte Regular de viajeros por Carretera de Illes Balears Para los años 2007 a 2010 (Código Convenio 0700845)

Artículo 1º

Partes firmantes.- Son partes firmantes del presente Convenio Colectivo, por la representación empresarial, Agrupación Empresarial del Servicio Regular de Viajeros de Baleares; y por la...

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