Revisión salarial - Residencias Privadas de Personas Mayores, La Rioja

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2012
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2013
Publicado enBoletín Oficial de la Rioja de 05/09/2014

Visto el Acuerdo sobre revisión salarial para los años 2012 y 2013 del convenio colectivo de trabajo para la actividad de Residencias Privadas de Personas Mayores (Código núm. 26001285012005), suscrito al efecto por la Comisión Negociadora del mismo con fecha 2 de julio de 2014, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (BOE del 29), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

Esta Dirección General de Trabajo y Salud Laboral, Acuerda:

Primero.- Ordenar la inscripción de la citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.- Disponer su publicación en el 'Boletín Oficial de La Rioja'.

En Logroño a 2 de septiembre de 2014.- Rosario Cuartero Lapeña, Directora General de Trabajo y Salud Laboral.

Acta n º10 de la Comisión Negociadora del III Convenio Regional Colectivo de Residencias de la Tercera Edad de La Rioja

En Logroño, a 2 de julio de 2014

Asistentes

Representación Sindical

CC.OO.

Jesús Junquera

Carmen Martínez Román

Agustina Ortiz

U.G.T.

Ana Victoria del Vigo

Carlos Luis González

Carmen Lacalle Montenegro

CSIF.

José Luis Acha Latorre

Representación Empresarial

Asociación Residencias 3ª Edad de La Rioja

Juan José Martínez Alesón (en calidad de Asesor)

Carlos Leciñana Álvarez

Asociación Lares-Rioja

Aránzazu Villaluenga Iturza

José Ramón Eguíluz

ASER

Gabriel Gimeno.

Se reúnen en las instalaciones del Tribunal Laboral de La Rioja, sitas en la C/ Gran Vía nº 54 de Logroño, a las 10.30 horas, para abordar el orden del día previamente comunicado a todas las partes. La reunión se convocó formalmente para abordar el siguiente orden del día:

  1. - Actualización de tablas salariales correspondientes a los ejercicios 2012, 2013 y 2014.

  2. - Negociación de III convenio colectivo.

  3. - Redacción, lectura y aprobación del acta.

    Una vez leído el orden del día se inicia la sesión:

  4. ,. Actualización de tablas salariales correspondientes a los ejercicios 2012, 2013 y 2014.

    Por la parte empresarial se aportan las tablas salariales con una subida del 1% para 2012, 1% para 2013 y 0,25 % para 2014, entendiendo, según expone la Sentencia del TSJ de La Rioja que ha resuelto el conflicto colectivo entablado por las partes al respecto que, al no existir IPC previsto publicado se debe acudir al índice para pensiones, publicado en las Leyes de Presupuestos, siendo éste para 2012 de un 1%, para 2013 de un 1% y para 2014 de un 0,25%.

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