Plan de igualdad - Comisiones Obreras, Cantabria

Inicio de Vigencia26 de Marzo de 2014
Fin de Vigencia26 de Marzo de 2016
Publicado enBoletín Oficial de Cantabria nº 177 de 16/09/2014

Visto el acta por el que se aprueba el Plan de Igualdad de CCOO de Cantabria, suscrito el25 de marzo de 2014 (con registro el 5 de septiembre) por las personas designadas por laempresa en su representación y el Comité de empresa en representación de los trabajadores;y, de conformidad con el artículo 90 del Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, porel que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y los artículos2 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de los Acuerdos yConvenios Colectivos de Trabajo; y, en relación con lo señalado en el Real Decreto 1900/1996,de 2 de agosto, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a laComunidad Autónoma de Cantabria, y Decreto 88/1996, de 3 de septiembre, sobre Asunciónde Funciones y Servicios Transferidos, así como el Decreto 9/2011, de 28 de junio, de reorganización de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y elDecreto 87/2011, de 7 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Básica de lasConsejerías del Gobierno de Cantabria.

ACUERDA

  1. - Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo dela Comunidad Autónoma de Cantabria, así como proceder a su depósito.

  2. - Disponer la publicación de la presente Resolución y del texto del Plan de Igualdad en elBoletín Oficial de Cantabria.

    Santander, 8 de septiembre de 2014.

    La directora general de Trabajo,

    Rosa María Castrillo Fernández.

    CVE-2014-12692

    INDIC

    E:

  3. ÍNDICE

  4. INTRODUCCIÓN 1.1 PRESENTACIÓN DE CCOO DE CANTABRIA 1.2 MARCO LEGAL 1.3 CARACTERÍSTICAS DEL PLAN 1.4 ESTRUCTURA DEL PLAN 2. DEFINICIONES 3. COMPROMISO DE CCOO DE CANTABRIA CON LA IGUALDAD 4. CONSTITUCIÓN Y FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE IGUALDAD 5. ÁMBITO DE APLICACIÓN 6. VIGENCIA 7. OBJETIVOS GENERALES 8. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 9. MEDIDAS POR ÁREAS DE ACTUACIÓN 10. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN

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  5. INTRODUCCIÓN

    1.1. Presentación de Comisiones Obreras de Cantabria.

    Comisiones Obreras tiene un firme compromiso en el desarrollo de estrategias ypolíticas que integren la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en sindicato como organización sociopolítica y ello de acuerdo con lo establecido en laLey orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres yhombres. Por ello, desde el sindicato se trabaja por un lado en la incorporación de laperspectiva de género en todas las políticas sindicales y por supuesto en las mesas denegociación de convenios colectivos.

    Por otro lado, a través de la Secretaría de la Mujer lleva a cabo la puesta en marchade acciones informativas, de sensibilización y formativas para la consecución de laigualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en todos los ámbitos.

    Comisiones Obreras de Cantabria, apuesta de forma decidida por el acceso de lasmujeres en condiciones de igualdad en los ámbitos sociales, políticos, económicos yculturales, superando viejos roles y esquemas patriarcales. Para ello, se ha defavorecer la corresponsabilidad entre mujeres y hombres, medidas eficaces en materiade conciliación y el acceso al poder y a la toma de decisiones en igualdad entre otrasmedidas.

    Por consiguiente, con el Plan de Igualdad de CCOO de Cantabria, se pretende integrarla igualdad real de oportunidades entre mujeres y hombres en el seno de nuestraorganización, desde el lenguaje empleado en el sindicato, en la selección, promoción,formación y la mejora de las condiciones de trabajo de la plantilla estableciendomedidas de conciliación hasta la prevención del acoso sexual, laboral y por razón desexo.

    1.2 Marco Legal

    La igualdad entre mujeres y hombres es un derecho universal reconocido tanto a nivelinternacional como nacional. Aun cuando se reconoce una igualdad formal ante la ley,lo cierto es que aún no se ha conseguido una igualdad real. Subsisten todavía muchasmanifestaciones de discriminación directa o indirecta por razón de sexo, sin olvidarnosde la poca presencia de mujeres en puestos de dirección, el escaso desarrollo depolíticas de conciliación o la violencia de género.

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    El artículo 14 de la Constitución consagra el derecho a la igualdad y a la nodiscriminación por razón de sexo. Por otra parte, la ley orgánica 3/2007, de 22 deMarzo para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres pretende hacer efectivo elderecho a la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en lasesfera política, civil, laboral, económica, social y cultural. La misma se aplica tanto apersonas físicas como jurídicas, tanto públicas como privadas que se encuentren oactúen en territorio español, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio oresidencia.

    En el título IV de la LOIMH se recoge el derecho al trabajo en igualdad deoportunidades. El art 45 de la citada ley dice: "Las empresas están obligadas arespetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con estafinalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminaciónlaboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, y en su casoacordar, con los representantes legales de los trabajadores en la forma que sedetermine en la legislación laboral.

    "En el caso de las empresas de más de doscientos cincuenta trabajadores, lasmedidas de igualdad a que se refiere el apartado anterior deberán dirigirse a laelaboración y aplicación de un plan de igualdad, con el alcance y contenidoestablecidos en este capítulo, que deberá ser asimismo objeto de negociación en laforma que se determine en la legislación laboral".

    "Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, las empresas deberán elaborar yaplicar un plan de igualdad cuando así se establezca en el convenio colectivo que seaaplicable, en los términos previstos en el mismo."

    El art 46 de la LOIMH establece que los planes de igualdad son: un conjunto ordenadode medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes aalcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres yhombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo."

    1.3 Características del Plan

    Este Plan de Igualdad ha sido negociado entre la Dirección de Comisiones Obrerasde Cantabria y la representación sindical de conformidad con la LOIMH teniendo comoobjetivos básicos garantizar la igualdad real de oportunidades entre ambos sexos en elseno de comisiones obreras de Cantabria y fomentar la conciliación de la vidapersonal, familiar y laboral.

    Tanto en la elaboración del diagnóstico como en la elaboración del plan de igualdad se contado con el asesoramiento de dos técnicas de la Secretaría de la Mujer.

    Para la realización del mismo se ha contado con subvención del Ministerio de Sanidad,Servicios Sociales e Igualdad (Dirección general para la igualdad de oportunidades)

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    Las características del Plan de Igualdad de CCOO de Cantabria son:

    3/4Diseñado para el conjunto de la plantilla y por tanto no es exclusivo para lasmujeres que trabajan en CCOO de Cantabria.

    3/4Transversal con el convencimiento de que la igualdad de oportunidades ha dehacerse en toda la política sindical que lleve a cabo CCOO de Cantabria.

    3/4Dinámico y abierto a cambios en función de nuevas necesidades detectadas enel seguimiento y evaluación del plan.

    3/4Comprometido con la garantía de recursos humanos y materiales necesariospara su implantación, seguimiento y evaluación.

    3/4Participativo en la consideración del diálogo y buena fe entre las partes en elproceso de negociación, seguimiento y evaluación.

    1.4 Estructura del Plan

    Este plan se estructura en:

  6. Diagnóstico. Para la elaboración del diagnóstico se ha pasado y cuantificado uncuestionario a toda la plantilla para conocer la opinión de la misma. Igualmente, se haconsultado la opinión de la representación legal de las trabajadoras y los trabajadores.Con toda esta información la Comisión de Igualdad ha elaborado un Diagnóstico y unaserie de propuestas de mejora por áreas.

    El mismo se ha elaborado con la siguiente información desagregada por sexo

    3/4 Datos de plantilla 3/4 Datos de plantilla con contrato indefinido 3/4 Datos de plantilla por edad 3/4 Datos de plantilla por tipo de contratos 3/4 Datos de plantilla por antigüedad 3/4 Datos de plantilla por categorías profesionales 3/4 Datos de plantilla por categorías profesionales ysalario 3/4 Datos de plantilla por horas semanales detrabajo 3/4 Datos de plantilla por bajas temporales,permisos y excedencias 3/4 Datos de plantilla según responsabilidadesfamiliares (menores o personas dependientes)

  7. Programa de actuación. Tras la realización del diagnóstico se han establecido unosobjetivos generales, objetivos específicos, medidas, indicadores de seguimiento yevaluación, periodo de aplicación y personas responsables de la medida.

  8. Seguimiento y evaluación. Se evaluarán los resultados, el proceso y del impactogenerado. Se realizará por la Comisión de Igualdad un informe de seguimiento y uninforme de evaluación.

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    El Plan de Igualdad de CCOO de Cantabria ha establecido las siguientes áreas:

    1 Acceso al empleo Igualdad de oportunidades en el acceso acualquier puesto de trabajo.

    2 Condiciones de trabajo Clasificación profesional, igualdad retributiva,tipo de contrato, presencia de mujeres encargos de responsabilidad.

    3 Promoción profesional yformación

    Reglas de acceso basadas en criterios que nolleven a situaciones de discriminación enfunción del sexo. Formación específica paramujeres que les permita ocupar puestos demayor responsabilidad o acceder a puestos detrabajo en los que están infra-representadas.Acciones de formación y sensibilización enigualdad de oportunidades y no discriminaciónentre mujeres y hombres dirigida al personal dela entidad.4 Ordenación del tiempo detrabajo

    Medidas de adaptación de la jornada parafavorecer, en términos de igualdad entremujeres y hombres, la conciliación de la vidalaboral, personal y familiar, así como lacorresponsabilidad.5 Prevención y actuación frente alacoso sexual...

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