Acuerdo - Industria Salinera, Normativa Estatal
Inicio de Vigencia | 1 de Enero de 2009 |
Fin de Vigencia | 31 de Diciembre de 2009 |
Publicado en | Boletín Oficial del Estado nº 305 de 19/12/2009 |
Visto el texto del Acuerdo Sectorial Nacional de la Industria Salinera para el año 2009 (Código de Convenio nº 9914535) que fue suscrito con fecha 3 de noviembre de 2009 de una parte por la Asociación Española de Fabricantes de Sal (AFASAL) en representación de las empresas del sector y de otra por la Federación de Industrias Afines de la UGT (FIA-UGT) y la Federación de Industrias Textil-Piel, Química y Afines de CCOO (FITEQA-CCOO) en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:
Primero.–Ordenar la inscripción del citado Acuerdo Sectorial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.–Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 2 de diciembre de 2009.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.
Acuerdo sectorial nacional de la Industria Salinera para el 2009
Las partes signatarias integradas, en cuanto a la representación sindical, por la Federación de Industrias Afines de la UGT (FIA-UGT) y por la Federación de Industrias Textil-Piel, Químicas y Afines de CC.OO. (FITEQA-CC.OO.) y, por la parte patronal, por la Asociación Española de Fabricantes de Sal (AFASAL), como organizaciones más representativas del Sector de la Industria Salinera y haciendo uso de las previsiones contenidas en el número 2 del artículo 3 del 2.º Convenio Colectivo General de la Industria Salinera, acuerdan:
Quedan obligados por las disposiciones del presente Acuerdo Sectorial Nacional (ASN) las empresas y personal laboral de las entidades públicas y trabajadores del sector que se determinan en el ámbito funcional y personal del 2.º Convenio Colectivo General de la Industria Salinera, con la salvedad que se contiene en la disposición final de su texto.
En...
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