Revisión salarial - Isolux Wat, S.A., Galicia

Inicio de Vigencia 4 de Junio de 2003
Fin de Vigencia 5 de Mayo de 2003
Publicado enDiario Oficial de Galicia de 04/06/03

Resolución de 5 de mayo de 2003, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se dispone el registro, el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la revisión salarial del convenio colectivo de la empresa Isolux Wat, S.A.

Visto el expediente de revisión salarial del convenio colectivo de la empresa Isolux Wat, S.A., que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 31-3-2003, complementado el 25-4-2003, suscrito por la comisión paritaria del citado convenio el día 10-3-2003, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial

ACUERDA

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora. Segundo.-Ordenar el depósito del citado acuerdo en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación. Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia. A Coruña, 5 de mayo de 2003. Elisa Madarro González Delegada provincial de A Coruña

Revisión del convenio colectivo de la empresa Isolux Wat, S.A. En la ciudad de A Coruña, a las 12 horas del día 10 de marzo de 2003, en el domicilio social de la empresa Isolux Wat, S.A., sito en la avda. de Finisterre nº 309-311, se reúne la comisión negociadora del convenio colectivo de Isolux Wat, S.A., para la provincia de A Coruña, para los años 2000-2001, interviniendo por la parte empresarial Luis Prieto Moralejo y Lino H. Fojo Arias, y por la representación de los trabajadores, Enrique Veira Pino y José A. Cortizo López, que realiza las funciones de secretario. Iniciada la sesión y para dar cumplimiento a los artículos 35, 36, 38, 39, 41, 42, 43, 44 y 45 del vigente convenio colectivo, se modifican las tablas salariales de los anexos II, III, IV, V, VI y las tablas 2001 de otros conceptos. Se procede al cálculo de la revisión salarial del 0,7% sobre las tablas del año 2000 y a la elaboración de las nuevas tablas salariales de los anexos, plus de productividad y plus de trabajo en reparación de buques. Se revisará, asimismo, y como consecuencia de lo anterior, el valor del complemento absorbible, cuando exista. En virtud de la conformidad y aceptación de ambas...

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