Revisión salarial - Industrias y Comercio Vitivinícolas, Pontevedra

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2003
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2003
Publicado enDiario Oficial de Galicia nº 97 de 21/05/03

Resolución de 9 de abril de 2003, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se dispone el registro, el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la revisión salarial para el año 2003 del convenio colectivo del sector de industrias y comercio vitivinícolas. Vista el acta de la revisión salarial para el año 2003 del convenio colectivo del sector de industrias y comercio vitivinícolas, con nº de código 3600815, que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 21-3-2003, suscrita en representación de la parte económica por la Asociación Provincial de Empresarios de Vinos y Licores, y de la parte social, por las centrales sindicales UGT y CIG, en fecha 10-3-2003. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9º del convenio colectivo y en el artículo 90.2º y del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial

ACUERDA

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta Delegación Provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la Comisión Negociadora. Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación. Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia. Vigo, 9 de abril de 2003. Joaquín Macías Sánchez Delegado provincial de Pontevedra

Convenio colectivo provincial para las industrias y comercio vitivinícolas de Pontevedra

En Vigo, siendo las 19 horas, se reúnen en los locales de la Confederación Intersindical Gallega (CIG) las personas abajo citadas

Representantes de la parte social

Luciano Villar González (CIG). Ignacio Couñago Lara (UGT). Representantes de la parte económica

Carlos Villanueva. Ambas partes se reúnen para aplicar el aumento salarial para el año 2003 que figura en el artículo 9 del convenio colectivo en vigor, que consiste en el IPC previsto por el gobierno más el 0,5% (2,5%) por lo que se acuerda actualizar las tablas y demás conceptos económicos en el procentaje antes mencionado como se detalla a continuación

Artículo 13º.-Dietas. Media dieta: 7,60 A. Dieta completa: 5,90 A. Artículo 14º.-Plus de incapacidad: 56 A. Artículo 16º.-Plus de locomoción: 6,23 A. Artículo 20º.-Seguro de accidentes. En caso de muerte: 15.228 A. En caso de incapacidad: 26.530 A. Artículo 21º.-Jubilaciones: 1.107 A. Quedan al final aceptadas por las dos partes las modificaciones del convenio mencionado en esta acta. Vigo, 10 de febrero de 2003.

Tabla salarial Año 2003

Grupo...

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