Revisión salarial - Aga Airlines Ground Assistance SL, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia31 de Marzo de 2003
Fin de Vigencia12 de Marzo de 2003
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 77 de 31/03/03

RESOLUCIÓN de 12 de marzo de 2003, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la Revisión Salarial del Convenio Colectivo de la empresa Aga Airlines Ground Assistance, S.L.

Visto el texto de la Revisión Salarial del Convenio Colectivo de la empresa Aga Airlines Ground Assistance, S.L. (publicado en el BOE de 7-5-2002) (Código de Convenio n.o 9012522), que fue suscrito con fecha 5 de febrero de 2003, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma y de otra por los Delegados de personal en representación de los trabajadores y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.--Ordenar la inscripción de la citada Revisión Salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.--Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 12 de marzo de 2003.--La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACTA DE LA MESA REUNIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA

II Convenio Colectivo de la Empresa Aga Airlines Ground Assistance, S.L.

Asistentes:

Delegados de personal:

D. Antonio Ferra Marconi.

D. Antonio Tirados Tomás.

Dña. M.a José Bosch Contreras.

Representación empresarial:

D. Salvador A. Vila Horrach.

En Palma de Mallorca, siendo las 10,15 horas del día 5 de Febrero de 2.003, se reúnen los representantes señalados, según convocatoria acordada en tiempo y forma, en Mesa Negociadora con el objeto de revisar los salarios de dicho Convenio para el período del año 2.003.

Se designa a D. Bartolomé Julià Frau y D. Eduardo García Mondéjar para que levanten Acta de la reunión y lleven a cabo los trámites pertinentes.

Las partes presentes, reconociéndose representatividad legal suficiente acuerdan lo siguiente:

Primero.--Revisar los salarios establecidos en la Tabla Salarial aprobada en Acta de la Comisión Negociadora de fecha 11 de Febrero de 2.002.

Segundo.--A tenor del artículo 24 del II Convenio Colectivo empresarial y según los datos proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística, el índice general de precios al consumo del período Diciembre/2001 a...

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