Revisión salarial - Unión de Detallistas Españoles, Sociedad Cooperativa (UNIDE), Grupo Técnico SA, Trípode SA y Coidec SA, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2001
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2001
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 92 de 17/04/02

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo de 'Unión de Detallistas Españoles, Sociedad Cooperativa' (UNIDE), G5 Centro y COIDEC (código de Convenio número 9012283), que fue suscrito con fecha 26 de febrero de 2002, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa para su representación, y de otra, por los Comités de Empresa de los distintos centros de trabajo en representación de los trabajadores de los mismos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado,

Madrid, 25 de marzo de 2002.

La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

Revisión salarial

En Madrid, a 26 de febrero de 2002, se reúnen previamente convocada al efecto la Comisión Mixta de interpretación del Convenio Colectivo de 'Unión de Detallistas Españoles, Sociedad Cooperativa' (UNIDE), 0 5 Centro y COIDEC, asesorados por las centrales sindicales cuyos nombres a continuación se relacionan:

Por la Dirección: Don Ismael Bermejo, don Fermín Magan, don Jesús López Cancio, doña Carmen Agenjo y don Manuel de los Mozos.

Por UGT: Don Miguel García, don José Barahona, don Modesto Vaquero, don Antonio Segura, don Antonio Muñoz y don Agustín Benavent.

Por USO: Don Felipe Gallardo, don Pablo Bravo y don Jesús Pingarrón.

Por CC.00.: Don Morencio Martín, don José Pinto, don Norberto Núñez, don César Medina, don Ángel Valle y don Domingo Alonso.

La reunión se celebra con el siguiente orden del día:

Único. Revisión salarial año 2001.

Abierta la sesión, las partes constatan la evolución del IPC durante el año 2001, que a 31 de diciembre de dicho ejercicio ascendió al 2,7 por 100, por lo que, de conformidad con el artículo 17 del Convenio Colectivo, deberá revisarse sobre el incremento aplicado a primeros de año (2,2 por 100) hasta el 110 por 100 del IPC real, es decir, un 0,77 por 100 sobre los salarios del año 2000.

La revisión, que se abonará en la nómina de marzo de 2002, incrementará la...

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