Revisión salarial - Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia26 de Mayo de 1999
Fin de Vigencia 7 de Mayo de 1999
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 125 de 26/05/99

RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 1999, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrigen errores de la de 16 de marzo de 1999, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación de la revisión salarial para 1999 del III Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos.

Advertidos errores en el texto de la revisión salarial del III Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo, de 16 de marzo de 1999, en el 'Boletín Oficial del Estado' número 85, de 9 de abril de 1999,

Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores.

En la página 13457 en las tablas salariales '1.3.b) De BUP y COU', y dentro de la tabla, debe figurar después del salario correspondiente a '1-3-2-b) Profesor adjunto, agregado, aux. 227.166, 6.150', y antes de 'En régimen sin concierto', el siguiente párrafo: 'COU (filiales concertadas) Complemento de 22.589 pesetas sobre el salario de BUP, en cada una de las 14 pagas para el profesor de jornada completa'. Y después del salario correspondiente a '1.3.2.b) Profesor adjunto, agregado, aux.

209.360, 6.150', el siguiente párrafo: 'COU: Complemento de 25.589 pesetas sobre el salario de BUP, en cada una de las catorce pagas para el profesor de jornada completa'.

Deben suprimirse...

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