Convenio colectivo - Organismo autonomo correos y Telegrafos., Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 5 de Marzo de 1996
Fin de Vigencia20 de Febrero de 1996
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 0056 de 05/03/96

Visto el texto del I Convenio Colectivo para el personal laboral del organismo autónomo Correos y Telégrafos (código de Convenio 9010102), que fue suscrito con fecha 30 de octubre de 1995, de una parte por representantes del organismo autónomo Correos y Telégrafos, en representación de la Administración, y de otra, por las centrales sindicales UGT, CC.OO., CESI-CESIF, S-LIBRE Y ELA/STV, en representación del colectivo laboral afectado al que se acompaña informe favorable emitido por los Ministerios de Economía y Hacienda y Administraciones Públicas (Comisión ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones), en cumplimiento de lo previsto en la Ley 39/1992 y 21/1993, ambas de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1993 y 1994, respectivamente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo, acuerda:

Primero.-Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo en el correspondiente registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora, con la advertencia a la misma del obligado cumplimiento de la Ley 30/1992 y 21/1993, ambas de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1993 y 1994, respectivamente.

Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 20 de febrero de 1996.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACUERDO

1) A efectos de aplicación del Convenio Colectivo se entenderá como empresa el organismo autónomo de Correos y Telégrafos.

2) El texto...

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