Convenio colectivo - Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia20 de Noviembre de 2001
Fin de Vigencia29 de Octubre de 2001
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 278 de 20/11/01

RESOLUCIÓN de 29 de octubre de 2001, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del Auto de aclaración de la sentencia número 71/2001, de fecha 12 de julio de 2001, dictada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional sobre impugnación del IV Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos.

Visto el Auto de aclaración de sentencia número 44/2001, de fecha 17 de septiembre de 2001, dictado por la SA la de lo Social de la Audiencia Nacional en materias de impugnación de Convenio Colectivo.

Y teniendo en consideración los siguientes

Antecedentes de hecho

Que en fecha 12 de julio de 2001, por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en procedimiento 00044/2001, se dictó sentencia número 71/2001,interponiéndose contra la misma recurso de aclaración.

Fundamentos de Derecho

Que toda sentencia anulatoria total o parcialmente de un Convenio Colectivo publicado en el 'Boletín Oficial del Estado', e impugnado, ha de insertarse también en dicho 'Boletín Oficial del Estado' a tenor de lo dispuesto en el artículo 164.3 del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, y el artículo 2.e) del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo.

De igual forma debe procederse en cuanto a publicación, cuando la SA la acuerde estimar un recurso de aclaración, sobre ella.

Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.

Ordenarla inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de esta Dirección General de Trabajo del Auto de aclaración de sentencia, de fecha 17 de septiembre de 2001, de la SA la de lo Social de la Audiencia Nacional, dictada en 12 de julio del mismo año que, ha dado lugar al recurso interpuesto en aclaración de sentencia del procedimiento número 00044/2001, relativa A la impugnación del IV Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos, lo que se notificará A la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.

Madrid, 29 de octubre de 2001.

La Directora general,

Soledad Córdova Garrido.

Autos número: 44/2001.

Sobre: Impug.Convenios.

Auto

Excelentísimo señor Presidente: Don Eustasio de la Fuente González.

Rustrísimos señores Magistrados: Don Pablo Burgos de Andrés y don José Ramón Fernández...

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