Revisión salarial - Empleados de Notarías de Aragón, Aragón

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2001
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2001

††† RESOLUCION de 27 de julio de 2001, de la DirecciÛn General de Trabajo, por la que se dispone la inscripciÛn en Registro y publicaciÛn de las tablas salariales para el aÒo 2001 del Convenio Colectivo del sector de Empleados de NotarÌas.

††† Recibidas las tablas salariales para el aÒo 2001 del Convenio Colectivo del sector de Empleados de NotarÌas, CÛdigo de Convenio 72/0001/5, negociadas el dÌa 28 de junio de 2001, de una parte por la AsociaciÛn Patronal Aragonesa de Notarios (A.P.A.N.) y de otra por la AsociaciÛn Profesional Libre de Empleados de NotarÌas de la regiÛn aragonesa y CC.OO.--AragÛn, en esta DirecciÛn General de Trabajo el dÌa 24 de julio de 2001, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo, sobre Registro y depÛsito de Convenios Colectivos.

††† Esta DirecciÛn General de Trabajo Acuerda: Primero.--Ordenar su inscripciÛn en el Registro de Convenios Colectivos de esta DirecciÛn General, con notificaciÛn a la ComisiÛn Negociadora.

††† Segundo.--Disponer su publicaciÛn en el BoletÌn Oficial de AragÛn.

††† Zaragoza, 27 de julio de 2001.

††† El Director General de Trabajo, JOSE LUIS MARTINEZ LASECA ANEXO Convenio de empleados de notarias de AragÛn aÒo 2001.

††† En Zaragoza, a veintiocho de junio de dos mil uno.

††† REUNIDOS: De una parte: Don JosÈ Enrique CortÈs ValdÈs, DoÒa Teresa-Trinidad Cruz Gisbert y Don JosÈ-Angel de AndrÈs Rodriguez, en representaciÛn de la "Asociacion Patronal Aragonesa De Notarios" (A.P.A.N.).

††† De otra: DoÒa MarÌa-Luisa Marcilla Gallardo y Don Mauricio S·nchez Gracia, miembros de la AsociaciÛn Profesional Libre de Empleados de NotarÌas de la regiÛn aragonesa.

††† Y de otra: DoÒa MarÌa-Carmen-Zoya GÛrriz Vitalla, por "Comisiones Obreras" CC.OO.

††† Como resultado de las conversaciones habidas entre las organizaciones presentes, se acuerda: 1) Modificar la tabla de sueldos bases establecida en el artÌculo 25 del Convenio que, para dos mil uno ser·n las siguientes, representando un incremento del 4%, para cada una de las categorÌas y grupos: Grupo primero: Oficial primero 231.522 pesetas.

††† Oficial segundo 200.570 pesetas.

††† Auxiliar 184.514 pesetas.

††† Copista 158.129 pesetas.

††† Subalterno 118.986 pesetas.

††† Grupo segundo: Oficial primero...

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