Acuerdo - Industrias de Turrones y Mazapanes, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia27 de Junio de 1995
Fin de Vigencia 1 de Junio de 1995
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 0152 de 27/06/95

Visto el texto de los acuerdos y las tablas salariales para 1995 del Convenio Colectivo de ámbito nacional para las Industrias de Turrones y Mazapanes (código de Convenio número 9905165), que fue suscrito con fecha 27 de abril de 1995, de una parte, por la Asociación Nacional de Fabricantes de Turrones y Mazapanes, en representación de las empresas del sector, y de otra, por las Federaciones de Alimentación, Bebidas y Tabaco de la Unión General de Trabajadores y Comisiones Obreras, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo, acuerda:

Primero.-Ordenar la inscripción de los acuerdos y las tablas salariales del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de junio de 1995.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACTA

En Madrid a 27 de abril de 1995, siendo las dieciséis horas, en la sede de UGT, sita en avenida de América, número 25, se reúnen de una parte, los representantes de la Asociación Nacional de Fabricantes de Turrones, y de otra, los de las Federaciones Estatales de Alimentación, Bebidas y Tabacos de UGT y CC.OO., que firman al pie del presente documento.

Asistentes:

Por la Asociación Nacional de Fabricantes de Turrones y Mazapanes: Don José A. Galiana Morant y don Conrado López.

Por UGT: Don Juan Antonio García Sirvent, don Norberto Hernández Morant, don Enrique Soler Ferrándiz, don Agustín J. Pérez González (asesor) y don Fernando Vázquez Martínez (asesor).

Por CC.OO.: Don Cristóbal Gómez Fernández, don Salvador Piñero López y don Ramón Cantarero Sotorres (asesor).

Abierta la sesión y tras las deliberaciones correspondientes, ambas partes llegan a los siguientes acuerdos:

Primero.-Mantener el texto del Convenio Colectivo, que se firmó con fecha 30 de junio de 1992, modificándose únicamente las tablas salariales en el sentido siguiente:

  1. De 1 de enero a 31 de diciembre de 1994 regirán los salarios que, como tabla general definitiva 1993, se publicaron el 13 de enero de 1995 («Boletín Oficial del Estado» del 27).

  2. ...

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