Revisión salarial - Personal Laboral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria., Normativa Estatal

Inicio de Vigencia27 de Julio de 1995
Fin de Vigencia 6 de Julio de 1995
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 0178 de 27/07/95

Vista la Resolución de esta Dirección General de Trabajo de fecha 1 de junio de 1995, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del texto de la modificación y revisión salarial del Convenio Colectivo para el personal laboral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, número de código 9009682, publicación que se realizó en el «Boletín Oficial del Estado», de 26 de junio de 1995; Resultando: Que en la publicación oficial del texto del Convenio Colectivo de referencia se ha observado la omisión de parte del mismo;

Considerando: Que esta Dirección General es competente para proceder a la rectificación de la Resolución de inscripción y registro del Convenio Colectivo que nos ocupa, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 90.2 y 3 de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores y demás normas de general aplicación;

Esta Dirección General acuerda:

Disponer la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la parte del texto omitido de la modificación y revisión salarial del Convenio Colectivo para el personal laboral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 26 de junio de 1995.

Madrid, 6 de julio de 1995.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACTA ADICIONAL A LA DE ACUERDO DE FINALIZACION DE LA NEGOCIACION COLECTIVA PARA LOS AÑOS 1993, 1994 Y 1995

En Madrid a 24 de mayo de 1995, se reúnen los representantes de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y las Organizaciones Sindicales CC.OO., CGT, CSI-CSIF y UGT, con objeto de corregir diversos errores materiales detectados en el acta de acuerdo de finalización de la negociación colectiva para los años 1993, 1994 y 1995, suscrita el pasado 23 de marzo de 1995.

Con esta finalidad acuerdan y dejan constancia en esta acta de las siguientes correcciones:

  1. Anexo V. Productividad para el personal auxiliar de grabación del Departamento de Informática Tributaria, correspondiente a los años 1993 y 1994. La tabla del apartado 3.2, en el que se recoge el baremo de pulsaciones y su valoración, queda redactada como sigue:

    Baremo de pulsaciones media hora / Pesetas/pulsación

    Hasta 7.500 / 0

    ...

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