Convenio colectivo - Servicio de Abastecimiento de Aguas del Excmo. Ayuntamiento de Arucas., Canarias

Inicio de Vigencia24 de Agosto de 1984
Fin de Vigencia 1 de Agosto de 1984
Publicado enBoletín Oficial de Canarias de 24/08/84

Visto el texto del Convenio Colectivo del Servicio de Abastecimiento de Aguas del Exemo. Ayuntamiento de Arucas suscrito por la Comisión Negociadora v de conformidad con lo dispuesto en el art. 90. dos y tres de la Ley 8/80 de 1 0 de Marzo, del Estatuto de los 1 rabajadores, esta Dirección Territorial de Trabajo,

AC U E R D A

1°.- Ordenar su inscripción en el registro oficial de convenios colectivos, con notificación a la Comisión Negociadora.

2°.- Remitir el texto original del mismo al Instituto Nacional de Mediación, Arbitraje y Conciliación IMAC - para su depósito.

3°.- Interesar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de Agosto de 1.984.- El Director Territorial de Trabajo. Francisco Aguilar Santos.

CONVENIO COLECTIVO ENTRE LOS TRABAJADORES DEL SECTOR LABORAL DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUAS Y EL

EXCELENTISIMO AYUNTAMIENTO DE ARUCAS.

Artículo Primero.- Ambito Funcional y Territorial.

El presente Convenio Colectivo afectar a todos los trabajadores laboral del Servicio de Abastecimiento de Aguas del Excmo. Ayuntamiento de Arucas.

Artículo Segundo.- Los conceptos económicos, entrarán en vigor el día primero de Enero de 1.984, teniendo una vigencia de un año, si no es denunciado por alguna de las partes con dos meses de antelación a su vencimiento.

Artículo Tercero.- Jornada Laboral.

La jornada de trabajo ser de cuarenta horas (40) semanales de trabajo efectivo en jornada partida de lunes a s bado. Se aplicará una jomada extraordinaria de verano comprendida desde l° de Junio al 31 de Agosto, que ser de jomada continuada de 7,30 horas a 15 horas, con 15 minutos para el bocadillo.

Artículo Cuarto.- Horario de Trabajo.

Jornada partida de l° de Septiembre a 3 1 de Mayo:

D AS MAÑANA TARDE De lunes a viemes... 8 a 12 14 a 17 Sábados............. 8 a 13

Jornada extraordinaria de verano, de l° de Junio a 31 de Agosto:

11 semana de Lunes a Viemes... 7,30 a 15,00 2a semana de Lunes a Viemes.... 7,30 a 15,00 S bado......................... 7,30 a 12,30

Por lo cual se establecer dos tumos al 50% del personal existente para librar de cada dos s bados uno alterno.

Artículo Quinto.- Vacaciones.

Vacaciones: Se establece un período de vacaciones anuales y retribuidas de treinta días.

Los trabajadores que no completaran el año en la Empresa, disfrutar n de los días proporcionales al período trabajado.

El Ayuntamiento confeccionar un cuadro de vacaciones, a...

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