Acuerdo - Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 6 de Julio de 2018
Fin de Vigencia 6 de Julio de 2018
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 163 de 06/07/2018

Visto el texto del Acuerdo sobre la paga extraordinaria por antigüedad correspondiente a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, remitido por la Comisión Paritaria del VI Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos (código de convenio: 99008725011994), dando cumplimiento a lo previsto en el propio Convenio del sector. Acuerdo que fue suscrito, con fecha 19 de octubre de 2017, de una parte, por las organizaciones empresariales EyG y CECE en representación de las empresas del sector, y de otra, por los sindicatos OTECAS, USO, FSIE, FeSP-UGT y CCOO en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre («BOE» del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 22 de junio de 2018.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACUERDO SOBRE LA PAGA EXTRAORDINARIA POR ANTIGÜEDAD EN LA EMPRESA PREVISTA EN EL VI CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESAS DE ENSEÑANZA PRIVADA SOSTENIDAS TOTAL O PARCIALMENTE CON FONDOS PÚBLICOS

En Oviedo, 19 de octubre de 2017, reunidas de una parte las organizaciones sindicales OTECAS, USO, FSIE, FeSP-UGT y CCOO, y de otra las organizaciones patronales Educación y Gestión y CECE, manifiestan que con fecha de hoy han firmado con la Consejería de Educación y Cultura del Principado de Asturias el acuerdo cuyo texto se reproduce a continuación, el cual proceden a suscribir por unanimidad a los efectos previstos en el VI Convenio Colectivo de la Enseñanza Concertada:

PREÁMBULO

Con fecha de 23 de marzo de 2012 se suscribió entre la Consejería de Educación y Universidades y las organizaciones sindicales y patronales del sector de la enseñanza concertada del Principado de Asturias el Acuerdo sobre la paga extraordinaria por antigüedad en la empresa prevista en el V Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos. Con este acuerdo se reconocía el derecho a la percepción de la paga extraordinaria por antigüedad en la empresa del personal docente en pago delegado dentro del periodo de vigencia del citado V Convenio, fijando para ello un calendario de abono de la misma que finalizó el 31 de diciembre de 2015, coincidiendo además con el periodo de vigencia del citado pacto. Con carácter previo se había suscrito entre las mismas partes el Acuerdo de 4 de marzo de 2004 referido a la paga extraordinaria prevista en el IV Convenio del sector.

Por Resolución de 30 de julio de 2013, de la Dirección General de Empleo, se registra y publica el VI Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, cuyo ámbito temporal de aplicación se extiende desde la fecha de su publicación en el «BOE», el 17 de agosto de 2013, hasta el 31 de diciembre de 2019. Como novedad, respecto a lo previsto en esta concreta materia en el anterior Convenio Colectivo de...

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