Tablas salariales - Granjas Avícolas y Otros Animales, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2014
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2015
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 77 de 31/03/2015

Visto el texto de las tablas salariales para los años 2014 y 2015 del Convenio colectivo del sector granjas avícolas y otros animales (código de convenio n.º 99002415011982), que fue suscrito con fecha 12 de febrero de 2015, de una parte por las organizaciones empresariales ASEPRHU, PROPOLLO y FEDEROVO en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos CC.OO. y UGT en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 17 de marzo de 2015.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE GRANJAS AVÍCOLAS Y OTROS ANIMALES

En Madrid, siendo las 11 horas del día 12 de febrero de dos mil quince, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del sector de Granjas Avícolas y Otros Animales.

Tras un debate, las partes acuerdan realizar la subsanación correspondiente l en los términos expuestos por la Dirección General de Empleo mediante escrito de comunicación de subsanación de fecha 28/01/2015 con número expediente 99/01/0172/2014.

En este sentido, las partes acuerdan:

Primero.

Modificar las tablas salariales para los años 2014 y 2015 en los siguientes términos:

– Para el año 2014: Incremento de un 0,3 %.

– Para el año 2015: Incremento de un 0,3 %.

– Para el año 2016, las partes acuerdan que en el mes de enero y febrero se emplazarán para la negociación del porcentaje a aumentar, si bien, se garantiza un aumento mínimo del 0,3 para el caso de desacuerdo.

Segundo.

Por último las partes facultan a don Ángel Martín Ruiz, con DNI n.º 50141977, para realizar los trámites de registro del presente acuerdo de subsanación ante la Dirección General de Empleo.

En prueba de conformidad, ambas partes comparecen y firman la presente Acta en la ciudad y fecha indicada en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR