Plan de igualdad - Compañia Trasmediterranea SA, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia16 de Diciembre de 2015
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2019
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 93 de 18/04/2016

Visto el texto del Plan de Igualdad de la Compañía Transmediterránea, S.A. (código de acuerdo n.º 90100672112016), que fue suscrito con fecha 16 de diciembre de 2015, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma y de otra por el comité intercentros de Tierra y las secciones sindicales de Flota, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 apartados 2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Dirección General de Empleo, resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado Plan de Igualdad en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 4 de abril de 2016.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

PLAN DE IGUALDAD COMPAÑÍA TRASMEDITERRÁNEA, S.A.

En Alcobendas, a 16 de diciembre de 2015.

REUNIDOS

De una parte en representación de Compañía Trasmediterránea S.A.

  1. Ángel Sánchez Sánchez.

  2. José Manuel Lamela Bóveda.

  3. José Ignacio Alvarado Infantes.

    Dña. Lucía Gete Sánchez.

    Dña. Celia Serrano Martín.

    Dña. Diana Alcaide González.

    Dña. María Maroto Rodríguez.

    Y de otra por parte, la Representación Social: Secciones Sindicales de Flota y Comité Intercentros de Tierra:

    Dña. Ana Álvarez del Peso (UGT) en calidad de Secretaria del Comité Intercentros.

  4. José Manuel Blanco Lojo (UGT).

  5. Enrique Roel Torres (CC.OO).

    Dña. Cristina Contreras Garcia (SEOMM).

  6. José Antonio Torres Ortega (CGT).

    Ambas partes se reconocen legitimación y capacidad para la negociación y firma del presente Plan de Igualdad y firman de acuerdo con los siguientes

    ANTECEDENTES

    1. Compañía Trasmediterránea S.A., se constituyó el 26 de noviembre de 1916, iniciando su actividad el día 1 de enero de 1917. Pasó a integrarse en el grupo de empresas de ACCIONA en 2003 y en la actualidad es una de las navieras más importantes de España en transporte de carga y pasaje, con una flota que une la península con Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla. En el tráfico internacional efectúa trayectos a Marruecos.

      El objeto social de esta Compañía, es el transporte marítimo de pasajeros y mercancías, y de todas aquellas actividades afines relacionadas con el mismo.

      En el plano de las relaciones laborales y la gestión de los recursos humanos, a través del Código de Conducta, que resulta de aplicación a todos los empleados de ACCIONA, se establecen los valores de integridad, transparencia, seguridad e igualdad efectiva de oportunidades, que deben guiar el comportamiento de todas las empresas pertenecientes a la compañía.

      El Código de Conducta exige un respeto estricto por la legalidad vigente y por los valores éticos que forman parte de la cultura empresarial de ACCIONA, por lo que el cumplimiento y desarrollo de las disposiciones incluidas en la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, es una muestra del posicionamiento de ACCIONA en responsabilidad social en su dimensión laboral.

    2. Tras la publicación de la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Dirección de Compañía Trasmediterránea S.A. ha elaborado, negociado y acordado el presente Plan de Igualdad con las representaciones sindicales firmantes.

    3. En el ámbito de Compañía Trasmediterránea S.A., se proyectará este Plan y las líneas de actuación propuestas en el mismo, con adaptación a las circunstancias y peculiaridades del sector de actividad, de la empresa y en su caso, cuando se requieran acciones especiales, al ámbito del centro de trabajo.

    4. El presente Plan de Igualdad se suscribe en el marco de un modelo innovador de política social, que representa un papel fundamental en la continuidad del crecimiento sostenible de ACCIONA.

    5. Se han identificado las principales áreas y líneas de actuación en función de las necesidades detectadas, que permiten formular las propuestas que se integran en el presente Plan de Igualdad para hacer efectivo el principio de igualdad de trato y oportunidades en la Compañía.

      Compañía Trasmediterránea S.A. cuenta con una cifra de plantilla superior a los 250 trabajadores, según los parámetros de obligación legal contenidos en el artículo 45 de la Ley Orgánica de Igualdad y presenta cierto grado de homogeneidad en el desarrollo de su actividad.

    6. Los firmantes, en el marco de un diálogo abierto y orientado a la acción, han acordado los objetivos del Plan, así como las principales áreas y líneas de actuación, que cuentan con mecanismos de seguimiento y evaluación.

    7. En el marco del presente Plan de Igualdad, se refuerza otra vez la difusión del Protocolo de Actuación ante situaciones de Acoso Laboral, Acoso Sexual y/o Acoso por razón de sexo de aplicación en ACCIONA, a los efectos de prevenir y en su caso actuar frente a este tipo de situaciones de acuerdo a los principios inspiradores de la Ley de Igualdad y el respeto por la legalidad vigente.

    8. Siendo intención firme de las partes la implantación de estas líneas de actuación en el ámbito de Compañía Trasmediterránea S.A., han consensuado este Plan, que se rige por las cláusulas que se exponen a continuación.

      CLÁUSULAS

      Primera. Ámbito de aplicación.

      Ámbito personal: La obligación legal de elaborar planes de igualdad por cada empresa de plantilla superior a 250 trabajadores y la estructura organizativa de las partes firmantes del presente Plan de Igualdad.

      El presente Plan extiende su aplicación y vincula a todos los trabajadores/as de Compañía Trasmediterránea S.A.

      La actuación dentro del ámbito referido, será prioritaria en aquellas empresas o centros de trabajo que cuenten con una plantilla de más de 250 trabajadores, sin perjuicio de actuar en el resto de empresas o en su caso, centros de trabajo.

      Ámbito temporal y vigencia: El presente Plan entrará en vigor desde el momento de su firma y se prolongará hasta el 31 de diciembre de 2019.

      Segunda. Objetivos del plan de igualdad.

      Tal y como se recoge en los antecedentes del presente Plan de Igualdad, se establecen un conjunto de líneas de actuación que se implantarán en el ámbito de la empresa.

      Objetivos básicos del presente Plan de Igualdad:

      • Promover la aplicación efectiva del principio de igualdad entre mujeres y hombres, garantizando las mismas oportunidades de acceso, desarrollo profesional y condiciones laborales en todos los niveles y áreas de la Organización.

      • Procurar, una distribución más equilibrada de género de la plantilla, facilitando una mayor presencia femenina por niveles, puestos y departamentos, favoreciendo las posibilidades de acceso de mayor número de mujeres en áreas tradicionalmente infrarrepresentadas.

      • Garantizar y mejorar las condiciones de trabajo de mujeres y hombres, promoviendo medidas de conciliación de la vida laboral con la personal y familiar de las trabajadoras y trabajadores de la Organización, que también garanticen óptimos niveles de productividad y eficiencia.

      • Promover y mejorar las posibilidades de acceso de la mujer a puestos de responsabilidad, contribuyendo a reducir desigualdades y desequilibrios que, aun siendo de origen histórico, cultural, social o familiar, pudieran darse en el seno de la empresa.

      • Fomentar la realización de acciones formativas en materia de igualdad para toda la plantilla.

      • Difundir y extender la cultura igualitaria y el compromiso con la igualdad.

      • Reforzar el compromiso de sostenibilidad y responsabilidad social con las empleadas y empleados de Compañía Trasmediterránea S.A., favoreciendo una cultura empresarial orientada a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, la prevención de todo tipo de discriminación directa o indirecta por razón de sexo, así como la erradicación de cualquier conducta discriminatoria por razón esta razón.

      • Prevenir el acoso sexual y por razón de sexo.

      Tercera. Áreas/líneas de actuación.

      Se establecen las siguientes líneas de actuación, en relación a las áreas que se detallan a continuación, que deben estar presididas por los criterios de homogeneidad y coherencia.

      Tal y como se establece en los antecedentes del presente Plan de Igualdad, la implantación de las líneas de actuación que a continuación se detallan por cada área, deberán ajustarse a las circunstancias y particularidades de cada ámbito.

      A continuación se detallan las principales líneas de actuación previstas para las correspondientes áreas:

  7. Selección.

    Colaborar y fomentar, fundamentalmente en el Colectivo de Personal de Flota, el acceso de un mayor número de mujeres a las áreas o niveles menos representados, pues estamos ante un sector de claro predominio masculino.

    Garantizar la inexistencia de cualquier requisito relacionado directa o indirectamente por razón de sexo.

    Sensibilizar a todos los que intervienen en los procesos de selección, extendiendo el compromiso con la igualdad de oportunidades a empresas y consultoras de selección externas que puedan participar en el proceso.

    Ampliar en la medida de lo posible, los métodos de reclutamiento, canales de difusión y comunicación de las ofertas de empleo, para utilizar una red...

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