Acuerdo - Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), Normativa Estatal

Inicio de Vigencia12 de Junio de 2017
Fin de Vigencia12 de Junio de 2017
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 139 de 12/06/2017

Visto el texto del acuerdo, de 24 de abril de 2017, sobre condiciones de venta para el «Sorteo del Oro de la Cruz Roja» de julio de 2017, Sorteo de producto extraordinario «Cupón de la ONCE» de 15 de agosto de 2017, Sorteo de producto extraordinario «Cupón de la ONCE» de 11 de noviembre de 2017 y Sorteo de producto extraordinario «Cupón de la ONCE» de 1 de enero de 2018, acuerdo derivado de lo dispuesto en el XV Convenio Colectivo de la ONCE y su personal (código de convenio nº 90003912011984), publicado en el BOE de 5 de septiembre de 2013, y que fue suscrito, de una parte, por los designados por la Dirección de dicha empresa, en representación de la misma, y de otra por el sindicato UGT, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 apartados 2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 29 de mayo de 2017.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACUERDOS DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL XV CONVENIO COLECTIVO DE LA ONCE Y SU PERSONAL

En Madrid, 24 de abril de 2017, en los locales de la Dirección General de la ONCE, c/ Prado, 24, se reúnen las representaciones de la Empresa y de los trabajadores, constituidas en Comisión Negociadora del XV Convenio Colectivo de la ONCE y su Personal, convocada a estos efectos, de conformidad con el artículo 88 del Estatuto de los Trabajadores.

La Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General, en sesión celebrada el 25 de enero de 2017, ha adoptado el Acuerdo CEP.1/2017-4.1, autorizando la comercialización de boletos del producto de lotería de carácter esporádico «Sorteo del Oro de la Cruz Roja», a celebrar en el mes de julio de 2017, a través del canal de agentes vendedores de la ONCE, al amparo del Acuerdo General con el Gobierno de la Nación, y en las condiciones que se indican en dicho Acuerdo del Consejo General.

La ONCE y el sindicato UGT adoptan este Acuerdo por mayoría, con el mismo valor de lo pactado en Convenio Colectivo:

CONDICIONES DE VENTA PARA EL ‘‘SORTEO DEL ORO DE LA CRUZ ROJA’’ DE JULIO DE 2017

1. La venta del producto de lotería «Sorteo del Oro de la Cruz Roja», a celebrar en el mes de julio de 2017, se efectuará de forma anticipada por toda la plantilla activa de agentes vendedores y vendedoras que realicen la venta durante parte o la totalidad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR