Revisión salarial - Total España SAU, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2014
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2014
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 55 de 05/03/2015

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio colectivo de la empresa Total España, S.A.U. (código de convenio num. 90014623012004) que fue suscrito con fecha 2 de febrero de 2015, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en su representación, y, de otra, por el Comité de empresa y Delegados de personal, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 19 de febrero de 2015.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

Acta de la reunión mantenida por la Comisión Negociadora para la revisión salarial del personal afecto al Convenio colectivo de Total España, S.A.U., del día 2 de febrero de 2015

Asistentes:

Por parte de la Dirección de la Empresa:

B. Anselmi.

A. Marín.

Por parte de la representación de los trabajadores:

J. Perez.

A. Puente.

B. Blasco.

C. Pradales.

Secretario:

M. Caballero.

ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA SOBRE LA REVISIÓN SALARIAL 2015

En virtud de las funciones que le confiere el artículo 56 (Comisión Mixta) y artículo 29 (Revisión Salarial) del Convenio Colectivo de «Total España, S.A.U.», la Comisión Negociadora ha llegado al siguiente acuerdo en relación a la Revisión Salarial 2014:

  1. Incremento de Salarios Base Personales.

    Incrementar los Salarios Base Personales del año 2014 de la siguiente forma:

    – El 0.9 % para aquellos salarios base + complemento salarial brutos anuales inferiores a 20.000 euros.

    – El 0.6 % para aquellos salarios base + complemento salarial brutos anuales de 20.001.–€ a 30.000 euros.

    – El 0.4 % para aquellos salarios base + complemento salarial brutos anuales de 30.001.–€ a 40.000 euros.

    – El 0.3 % para aquellos salarios base + complemento salarial brutos anuales superiores a 40.000 euros.

  2. Salarios mínimos de convenio: se mantienen los importes del año 2011:

    Anexo niveles mínimos de...

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