Tablas salariales - Transportes Ferroviarios Especiales SA, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2015
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2015
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 99 de 25/04/2015

Visto el texto de las tablas salariales para el año 2015 del Convenio colectivo de la empresa Transportes Ferroviarios Especiales, S.A., (Código de Convenio número 90005052011981), que fue suscrito con fecha 27 de marzo de 2015, de una parte, por los designados por la dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra, por el Comité de empresa en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de abril de 2015.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

En Madrid, a 27 de marzo de 2015,

REUNIDOS

De una parte, don Antonio Carrión Roncero, don Juan Ángel Domingo Fernández y don Mario Cáceres Perea, en nombre y representación de la empresa Transportes Ferroviarios Especiales, S.A. (Transfesa).

De la otra parte y en adelante:

Don Diego Montilla Paredes.

Don José Luis Antoranz Pinchete.

Don José Ignacio Requena de Amirola.

Don Bernardo García Barroso.

Doña Ana Isabel Pérez Gandía.

En nombre y representación de los trabajadores.

En Madrid a 27 de marzo de 2015 y siendo las 11,00 horas, se han reunido en las dependencias centrales de Transfesa los integrantes de la Comisión Negociadora, cuyos nombres figuran al inicio de esta acta, reconociéndose todos ellos capacidad legal suficiente para el otorgamiento del presente documento. José Ignacio Requena de Amirola, asiste en calidad de Miembro del Comité de Empresa Europeo (EWC).

EXPONEN

  1. El Dpto. de RRHH entrega dos propuestas de manera que se sigue manteniendo el 1% en fijo consolidado y planteando dos situaciones sobre la parte variable no consolidable que en caso de consecución total estaría en el 1,5%:

    1. Repartir la parte de variable de manera lineal en base a la consecución de los objetivos de EBIT, de manera que se consolidaría un 0,25% a la consecución de 4 millones euros...

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