Acta - Fábrica Nacional de Moneda y Timbre - Real Casa de la Moneda, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia22 de Abril de 2019
Fin de Vigencia22 de Abril de 2019
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 96 de 22/04/2019

Visto el texto del acta, de 20 de noviembre de 2018, en la que se aprueba la creación y definición de un puesto de nueva creación correspondiente al arbitraje del segundo semestre de 2012, todo ello según lo previsto en el artículo 9 del XI Convenio colectivo de la empresa Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (código de convenio 90002052011987), publicado en el «BOE» de 2 de febrero de 2010, acta que fue suscrita por la Comisión Mixta de Valoración de la que forman parte representantes de la Dirección de la empresa y del Comité de empresa, y a las que se acompaña el informe favorable emitido por la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Mixta de Valoración.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de abril de 2019.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.

ACTA FINAL

Representantes de la Dirección:

Doña Azucena Barco Rodrigo.

Don José Jesús Pereira Fernández (Asesor).

Representantes De Los Trabajadores:

Don José Antonio García Mariscal.

Don Miguel Ángel Plaza Torralba (Asesor).

En Madrid, a 20 de noviembre de 2018, se reúnen los miembros de la Comisión Mixta de Valoración citados al margen, elaborando este acta final, donde se recogen los resultados de valoración de los puestos de trabajo correspondientes al arbitraje segundo semestre de 2012.

Puestos revisados por reclamación de sus ocupantes:

Puestos de nueva creación.

Personal técnico:

Programador de Soporte Técnico. Ceres. Sistemas de Información. 10

Puestos que no se revisarán por no existir cambio de funciones:

Personal administrativo:

Oficial 1.ª Administrativo. Ceres. Sistemas de Información.

Varios:

Categoría de nueva creación:

Programador de Soporte Técnico.

Relación de personas y fecha de efectos:

Se hace pública internamente en los centros de trabajo de la FNMT–RCM, la relación del personal afectado...

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