Convenio colectivo - FCC Medio Ambiente, S.A. limpieza viaria de Cuenca, Cuenca
Inicio de Vigencia | 1 de Enero de 2003 |
Fin de Vigencia | 31 de Diciembre de 2004 |
Publicado en | Boletín Oficial de Cuenca de 28/04/2003 |
Número 47
Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca
28 de Abril de 2003
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ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA
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JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA
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Consejería de Industria y Trabajo
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VISTO EL TEXTO DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA «FCC MEDIO AMBIENTE, S.A. (Sección de Limpieza Viaria de Cuenca)», con vigencia para los años 2003 y 2004, suscrito el día 2 de abril de 2003, de una parte, por D. José María Moreno Arauz, D. Juan M. de Santiago García, D. Ignacio Fernández Carpintero y D. José María García López, en representación de la empresa, y de otra, en representación de los trabajadores por D. Rafael García Huerta y D. José Ignacio Benito Moreno (Asesor U.G.T.), y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 90 núms. 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de Marzo, Estatuto de los Trabajadores, el Artículo 2.° b) del Real Decreto 1040/81 de 22 de Mayo, el Real Decreto 384/1995 de 10 de Marzo sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de Trabajo y el Decreto 91/1997 de 15 de Julio, por el que se atribuyen las competencias derivadas del proceso de transferencias en materia de Cooperativas, Sociedades Laborales, Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales.
Esta Delegación Provincial de Industria y Trabajo, acuerda:
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- Ordenar su inscripción en el Libro de Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta Delegación Provincial, con el Código 160067-2, así como su archivo y depósito en la Unidad correspondiente, con notificación a la Comisión Negociadora.
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- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Cuenca, 9 de Abril de 2003.--El Delegado Provincial, Ángel Álvaro Pérez.
CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA «F.C.C. MEDIO AMBIENTE, S.A.»
(Sección de Limpieza Viaria de Cuenca)
Artículo 1.º- ÁMBITO PERSONAL, FUNCIONAL Y TERRITORIAL.
El presente Convenio regula las relaciones laborales entre la empresa F.C.C. Medio Ambiente, S.A. y los trabajadores empleados en su centro de trabajo de Cuenca, dedicados al Servicio de Limpieza Viaria.
Artículo 2.º- VIGENCIA, DURACIÓN Y DENUNCIA.
El presente Convenio Colectivo entrará en vigor el día de su firma, retrotrayéndose los efectos económicos, en la tabla salarial anexa, al 1 de enero de 2003.
A efectos de su vigencia, la duración del presente convenio será de dos años a partir de día 1 de enero de 2003 hasta el 31 de diciembre de 2004, prorrogándose en sus propios términos, siempre y cuando no se denuncie con una antelación mínima de dos meses a la fecha de su vencimiento o de cualquiera de sus prórrogas. La denuncia se efectuará mediante comunicación escrita a cualquier miembro de la otra parte.Artículo 3.º- CONDICIONES
Las condiciones establecidas en este Convenio forman un todo orgánico indivisible y a efectos de su aplicación práctica serán considerados globalmente en cómputo anual, sin que quepa la aplicación de una normativa aisladasobre condiciones anteriores.
Artículo 4.º- ABSORCIÓN Y COMPENSACIÓN.
Las retribuciones establecidas en este Convenio compensarán y absorberán todas las existentes en el momento de su entrada en vigor, cualquiera que sea su naturaleza y el origen de las mismas.
Los aumentos de retribuciones que puedan producirse en el futuro por disposiciones legales de general aplicación, así como por Convenios Colectivos, contratos individuales, sólo podrán afectar a las condiciones pactadas en el presente Convenio, cuando, consideradas las nuevas retribuciones en cómputo anual, superen las aquí pactadas, en caso contrario, serán...
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