Corrección de errores - Autoescuelas, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 5 de Septiembre de 2002
Fin de Vigencia 5 de Septiembre de 2002
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 223 de 17/09/2002

RESOLUCIÓN de 5 de septiembre de 2002, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrigen errores en la Resolución de 26 de julio de 2002, por la que se dispone la inscripción y publicación del Convenio Colectivo de Autoescuelas.

Advertidos errores en el texto de Convenio Colectivo de Autoescuelas, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 26 de julio de 2002 en el "Boletín Oficial del Estado" número 193, de 13 de agosto de 2002.

Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores.

En la página 30263, columna izquierda, artículo 4. Denuncia. Donde dice: "... a partir del 1 de enero del año 2005..." ; debe decir: "... a partir del 1 de enero del año 2004...".

En la página 30265, columna derecha, artículo 16. Donde dice: "Los/las trabajadores/as de Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla percibirán en 2003 un plus de residencia...". Debe decir: "Los/las trabajadores/as de Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla percibirán un plus de residencia...".

En la página 30265, columna derecha, artículo 17, segundo párrafo, última línea, donde...

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