Revisión salarial - Oficinas y Despachos, Principado de Asturias

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2000
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2000
Publicado enBoletín Oficial del Estado de 15/03/2001

Visto el acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo (código: 3300905, expediente: C-35/97), de Oficinas y Despachos, en la que se acuerda el incremento salarial para el año 2000, recibida en esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral el 6-2-01, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, en uso de las facultades conferidas por los artículos 38 de la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, y 21 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, así como demás disposiciones de general de aplicación, por la presente R E S U E L V O Primero: Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo: Disponer su publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, 6 de febrero de 2001.-El Director General de Trabajo y Seguridad Laboral (P.D.

autorizada en Resolución de 6-3-2000, publicada en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 22-3-2000).-3.016.

Anexo Reunidas las personas abajo referenciadas en los locales de FeS-UGT, en la Plaza General Ordóñez, 1, 4.ª planta, en calidad de Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos del Principado de...

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