Convenio colectivo - Comercio Minorista de Carnicería-Charcutería de las Provincias de Castellón y Valencia, Comunidad Valenciana

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2000
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2001
Publicado enBoletín Oficial del Estado de 26/09/2000

RESOLUCIÓN de 4 de agosto de 2000, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral, por la que se dispone el registro y publicación del Convenio Colectivo de Trabajo del Sector de Comercio Minorista de Carnicería de las provincias de Castellón y Valencia, para los años 2000 y 2001 (Codigo nº 8000385). [2000/M7399] Visto el texto articulado del Convenio Colectivo de Trabajo del Sector de Comercio Minorista de Carnicería de las provincias de Castellón y Valencia para los años 2000-2001, presentado ante esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral el día 27 de julio de 2000, firmado en fecha 18 de julio de 2000, de una parte, en representación de los trabajadores por los sindicatos UGT y CCOO-PV y de otra, en representación de los empresarios los gremios de carniceros-charcuteros de Valencia y Castellón, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y artículos 2, 3 y 6 del Real Decreto 1.040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral, conforme a las competencias que tiene transferidas según Real Decreto 4.105/82, de 29 de diciembre, acuerda: Primero Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta dirección general, con notificación a la comisión negociadora, y depósito del texto original del convenio. Segundo Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Valencia, 4 de agosto de 2000.. El director general de Trabajo y Seguridad Laboral: Román Ceballos Sancho. ANEXO Convenio Colectivo de Trabajo del Sector de Comercio Minorista de Carnicería de las Provincias de Castellón y Valencia. CAPÍTULO I Artículo 1. Objeto El presente convenio colectivo tiene por objeto regular las condiciones de trabajo y empleo, así como mantener un marco de relaciones laborales armónicas entre empresarios y trabajadores del sector minorista del comercio de carnes, huevos, aves, conejos de granja, caza y preparados de estos artículos. El presente convenio se basa en la igualdad de derechos y obligaciones, sin discriminación alguna por razón de sexo, religión, raza, etc., así como ideología política o sindical, salvo lo concerniente al sexo femenino en cuanto a los derechos específicos de maternidad. Artículo 2. Ámbito territorial Lo pactado en este convenio tendrá aplicación en las provincias de Castellón y Valencia, sin perjuicio de adscripciones posteriores de otros ámbitos superiores. Artículo 3. Ámbito funcional El presente convenio regula las relaciones laborales de todas las empresas y sus trabajadores...

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