Convenio colectivo - Oficinas y Despachos, Región de Murcia

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2004
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2004
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 78 de 03/04/2004

Visto el expediente de Revisión del Convenio Colectivo de Trabajo de Oficinas y Despachos (Código de Convenio número 3001075) de ámbito Sector, suscrito con fecha 26-02-2004 por la Comisión Negociadora del mismo, y de conformidad con lo establecidoen el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/ 1995, de 24 de marzo, Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE n.º 75, de 28.03.1995) y en el Real Decreto 1040/ 1981, de 22 de mayo, Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo (BOE n.º 135, de 06.06.1981).

Resuelvo:

Primero.

-Ordenar la inscripción de la citada Revisión de Convenio Colectivo de Trabajo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».

Murcia a 11 de marzo de 2004.¿ El Director General de Trabajo.

Por Delegación de firma.

El Subdirector General de Trabajo.

(Resolución de 20.09.1999), Pedro Juan González Serna.

Acta de la reunión de la comisión negociadora del Convenio Colectivo para Oficinas y Despachos de la Región de Murcia Asistentes:

Por la parte empresarial:

-José Antonio Tomás García -Fulgencio Vives Bañón -Joaquín Cuenca Bosque Asesores:

-Pedro José Cuenca Martínez -Pedro García Pujante Representación Social:

-María Mercedes Martínez García -UGT -Mariano López Zuñel -UGT -Carlos Javier Odriozola Navarro -UGT Asesor:

-Alfonso Jiménez Rodríguez -UGT En Murcia a 26 de febrero de dos mil cuatro, siendo las diecisiete horas, en los locales de la Federación de Servicios de UGT, sitos en C/ Santa Teresa, 10 ¿ 7.º -Murcia, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de la Región de Murcia, para tratar como único punto del Orden del día la Revisión Salarial del citado convenio Acuerdan Primero.

-Según lo establecido en el artículo 14 del actual convenio colectivo para Oficinas y Despachos, se incrementan los salarios en el IPC del año anterior (2003), siendo este del 2,6 %, quedando las retribuciones según tabla salarial adjunta.

Segundo.

-Artículo 13.-Gastos de locomoción; Se establece un incremento del 2,6 %, quedando establecidos en:

Anual:

672.71 11 meses:

61.16 12 meses:

56.06 Y sin más asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las dieciocho horas del día antes citado.

Por la parte empresarial.

¿ Por la parte social -UGT Convenio Colectivo para Oficinas y Despachos Región de...

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