Revisión salarial - Clínica Madrid, Sociedad Anónima, Comunidad de Madrid

Inicio de Vigencia 1 de Febrero de 2003
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2003
Publicado enBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 209 de 03/09/2003

Resolución de 24 de julio de 2003, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Trabajo, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial del convenio colectivo de la empresa 'Clínica Madrid, Sociedad Anónima' (código número 2812632).

Examinado el texto de la revisión salarial del convenio colectivo de la empresa 'Clínica Madrid, Sociedad Anónima', suscrito por la comisión negociadora el día 18 de febrero de 2003, completada la documentación exigida en el artículo 6 del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el artículo 7.2.a) del Decreto 254/2001, de 8 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

  1. Inscribir dicha revisión salarial en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

  2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 24 de julio de 2003.

El Director General de Trabajo, PS (acuerdo de 3 de julio de 2003), el Viceconsejero de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

ACTA DE LA ÚLTIMA REUNIÓN DE MESA NEGOCIADORA DEL II CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA 'CLÍNICA MADRID, SOCIEDAD ANÓNIMA'

En San Sebastián de los Reyes (Madrid) a 18 de febrero de 2003, reunidos la comisión negociadora del II Convenio Colectivo de la empresa 'Clínica Madrid, Sociedad Anónima', formada por la representación legal de la empresa y la representación del comité de empresa, al margen referenciados, tras las correspondientes negociadoras y deliberaciones,

ACUERDAN

  1. Prorrogar en su integridad, salvo en las materias que posteriormente se indican el I Convenio Colectivo de la empresa 'Clínica Madrid, Sociedad Anónima', de fecha 1 de julio de 1999 y resolución de la Dirección General de Trabajo de fecha 23 de septiembre de 1999 y publicado en el 'Boletín Oficial del Estado' de fecha 20 de octubre de 1999.

  2. Vigencia del presente convenio colectivo entrará en vigor a partir del día siguiente de su...

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